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Las clases comenzarán el 9 de septiembre el próximo curso

EXTREMADURA
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El Consejo de Gobierno ha aprobado el “Calendario Académico para el curso 2020/2021”. También ha ratificado la “Guía para la aplicación de la normativa de protección de datos en la evaluación online” y una adenda a la normativa de evaluación adaptada a la excepcionalidad del COVID-19

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura ha aprobado, en sesión extraordinaria, el “Calendario Académico para el curso 2020/2021”, que se inaugurará el 4 de septiembre con el solemne acto de apertura. El curso académico finalizará el viernes 30 de julio.

Las clases del primer semestre comenzarán el martes 9 de septiembre y se extenderán hasta el viernes 18 de diciembre. El segundo semestre abarcará desde el 1 de febrero hasta el 14 de mayo de 2021. Tras cada semestre, se establecen las convocatorias ordinarias de exámenes: la de enero, del 11 de enero al 29 de enero y la de junio, del 19 de mayo al 8 de junio. Las convocatorias extraordinarias de exámenes serán: noviembre, del 3 al 13, y julio, del 21 de junio al 9 de julio.

Las vacaciones de Navidad comprenderán del 21 de diciembre de 2020 al 7 de enero de 2021, y las de Semana Santa del 29 de marzo al 5 de abril. La Festividad de Santo Tomás de Aquino se celebrará como viene siendo habitual el 28 de enero.

Protección de datos en la evaluación

El órgano de gobierno de la UEx también ha ratificado la “Guía para la aplicación de la normativa de protección de datos en la evaluación online”, necesaria tras la declaración del estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Las directrices que recoge ya fueron aprobadas en los Consejos de Gobierno del 24 de abril y del pasado 12 de mayo.

La Universidad de Extremadura, como responsable de la gestión de estos datos, garantizará en todo caso la seguridad del tratamiento de la información, de manera que se cumpla con los principios establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos.

Las pruebas de evaluación online podrán ser grabadas, informando a los estudiantes bien al inicio de la prueba o por el aula virtual. El profesorado es el responsable de la custodia de esa grabación y la conservará hasta la finalización del curso 2020/2021.

Tal y como disponen la LOU (Ley Orgánica de Universidades) y el Estatuto del Estudiante Universitario, entre los deberes del estudiante se encuentra el tener un comportamiento ético y responsable en sus pruebas de evaluación. La suplantación de identidadel uso no autorizado de dispositivos electrónicos para la realización de las pruebas de evaluación o cualquier tipo de actuación fraudulenta detectada durante la realización del examen tendrán la consideración de falta grave y llevarán aparejada la apertura del correspondiente expediente disciplinario.

Normativa de evaluación

A su vez, el Consejo de Gobierno ha aprobado la Adenda a la normativa de evaluación de los resultados de aprendizaje y de las competencias adquiridas por el alumnado en las titulaciones oficiales de la UEx adaptada al periodo del estado de alarma como consecuencia de la crisis sanitaria COVID 19”, que regula los métodos de publicación de las calificaciones, los plazos y procedimientos de reclamación.

Normativas derivadas del II Convenio Colectivo

En relación al profesorado, el Consejo de Gobierno ha dado luz verde a diversas normativas derivadas de la aparición del II Convenio Colectivo del PDI laboral y que vienen a complementarlo. Estas normativas son: “Normativa de contratación del profesorado en régimen laboral de la UEx”, “Normativa específica de bolsas de trabajo y cobertura temporal de plazas” y la “Normativa para la contratación de profesoras y profesores eméritos”.

La primera de ellas actualiza el baremo de valoración de los candidatos en los futuros concursos de profesorado en régimen laboral. En la segunda se estipula como se constituyen las bolsas de trabajo con el objeto de contratar profesorado bajo la figura de Profesor Sustituto, siempre que aparezcan necesidades docentes temporales.

Por último, la normativa de eméritos desarrolla aquellos aspectos del II Convenio Colectivo destinados a la formalización de contratos de profesorado emérito.


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