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Sanción a la empresa de la mina Valdeflórez por trabajos realizados sin evaluación de impacto ambiental

CÁCERES
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Dos imágenes del aspecto actual de la zona de la mina de Valdeflórez donde ha actuado la empresa Teconología  Extremeña de Litio.

La Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura ha dictado una Propuesta de Resolución imponiendo una sanción a Tecnología Extremeña del Litio S.L. por la realización de CAMINOS y PLATAFORMAS DE SONDEOS al sitio de “Valdeflores” sin la previa y preceptiva Evaluación de Impacto Ambiental.

En un comunicado enviado a Redacción DEx, la  Plataforma “Salvemos la Montaña de Cáceres”, la Asociación de Vecinos “Sierra de la Mosca” y ACIMA (Asociación para la Comunicación e Información Medioambiental) explican que denunciaron ante la Dirección General de Medio de la Junta de Extremadura y ante el Ayuntamiento de Cáceres la realización de caminos y plataformas para sondeos mineros en terrenos calificados como SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN del Plan General Municipal de Cáceres, sin licencia municipal y sin la preceptiva Evaluación de Impacto Ambiental.

Los técnicos de la Dirección General de Medio Ambiente  han emitido sus informes, previa visita de inspección, pudiendo comprobar que se habían realizado 1.449 metros lineales de caminos SIN EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL.

Como consecuencia de ello se ha dictado una Propuesta de Resolución considerando que los hechos probados constituyen una INFRACCIÓN DEL ARTÍCULO 133-3 DE LA LEY 16/2015 de 23 de Abril,  de Protección Ambiental de Extremadura, por haber iniciado la ejecución o modificación sustancial de un proyecto sin obtener  previamente el informe de impacto ambiental abreviado, como obliga la citada ley en los casos de apertura de caminos necesarios para la construcción de plataformas y accesos a los pozos de sondeos realizados dentro del permiso de investigación minera.

La necesidad de someter  el  Permiso de Investigación de Valdeflórez, de 2 cuadrículas mineras, a un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental Abreviado, ha sido denunciado  por la Asociación de Vecinos de la Sierra de la Mosca y la Asociación para la Comunicación e Información Medioambiental (ACIMA) en diversas instancias. Estos hechos  motivaron que se solicitara, en su día, la nulidad del permiso de Investigación ante la Dirección General  de Industria, Energía y Minas, a día de hoy pendiente de resolver. Según los denunciantes,  si se contempla,  podría devenir en nulo el acto administrativo de “Concesión de Explotación Derivada”.

En el comunicado enviado a Redacción DEx por los colectivos denunciantes, se alega que los informes técnicos en los que se basa esta propuesta de sanción les dan la razón  y abren el camino a que la nulidad del permiso de investigación sea estimada, » toda vez que el artículo 91 de la Ley 16/2015 establece que los proyectos comprendidos en el Anexo VI, (como es el caso) no podrán autorizarse o ejecutarse sin que previamente se haya formulado declaración de impacto ambiental o el informe ambiental, según proceda, por lo  que las licencias o autorizaciones otorgadas contraviniendo dicha obligación serán nulas de pleno derecho.

Por ello, añaden que  se le impone una doble sanción, una multa pecuniaria y la obligación de resturación como procede:

  1. A) Integración de los caminos en el entorno con restitución de los márgenes afectados, incluyendo aquellos viales o accesos abiertos que no aparecen en las ortofotos. Estas actuaciones serán determinadas por el Servicio de Protección Ambiental.
  2. B) Restituir aquellas actuaciones no finalizadas, como balsas, sondeos y plataformas de acceso.

Por último, los denunciantes afirman que los trabajos realizados hasta ahora por la empresa minera » son ilegales y suponen una vulneración de la normativa urbanística y medioambiental


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