En el Acto de Mediación celebrado ayer, al que no asistieron el
resto de sindicatos con representación en esta Administración,
los representantes de Función Pública argumentaron que no es
momento ni hay motivos para la convocatoria de esta huelga.
El Sindicato USO ha convocado huelga para las
empleadas y empleados públicos de la Administración General de la Junta de
Extremadura debido al más que probable despido de miles de estos trabajadores
temporales por las negociaciones que se están llevando a cabo entre Función
Pública y sus sindicatos en la Mesa de Negociación. Esta convocatoria de huelga
afectaría a un número cercano a los 18.000 empleados.
El 29 de diciembre del año pasado, se publicó la Ley 20/2021 de reducción de la
temporalidad que permitía a las Administraciones Públicas convocar procesos
selectivos consistentes en concursos de méritos para facilitar la estabilización de
las plazas en abuso de la temporalidad. Estos procesos selectivos serán abiertos
a todas las personas que quieran participar en ellos y que cumplan los requisitos
para desempeñar estos puestos.
Esta Ley surge como requisito exigido por Europa al Gobierno de España para
adaptar nuestra normativa interna a la Directiva 1999/70 CE de limitación de la
contratación temporal, ya que en España, la contratación temporal en las
Administraciones Públicas supera el 30% y desde Europa establecen que debe
limitarse al 8%. Debido a esta circunstancia y para poder disponer de los Fondos
Next Generation de Europa, el Gobierno se ha visto obligado a aprobar la citada
Ley que es de obligado cumplimiento para todas las Administraciones Públicas.
Hace unos días, se convocó la Mesa de Negociación de la Administración General
de la Junta, donde Función Pública aportó un borrador de propuesta de aplicación
de la Ley 20/2021 donde se retorcía y bordeaban los límites de la misma y así
poder proseguir con su cruzada contra el personal temporal en esta
Administración. Incluso los propios sindicatos de la Mesa rechazaron este primer
borrador, por lo que tienen ahora una gran oportunidad de pedir que se apliquen
lo han reclamado en otras muchas Administraciones, como en el Ayto. de Badajoz.
En el citado borrador no se contempla la valoración de méritos como la formación
continua recibida durante años que está relacionada con las funciones a
desempeñar en esos puestos de trabajo y la valoración de la experiencia en el
puesto de trabajo se limita al 40% de la puntuación total del proceso, cuando en
otras Administraciones, como el Ayuntamiento de Badajoz, esta puntuación es del
90%.
Este tipo de bases de convocatorias supondrá el cese de miles de empleadas y
empleados públicos en abuso de la temporalidad que llevan desempeñando
durante décadas su trabajo de la mejor manera posible teniendo en cuenta la
mediocridad de la clase política que nos gobierna.
Esta situación supondrá un nuevo gasto público innecesario en indemnizaciones
por estos futuros ceses que puede ser superior incluso al gasto que generará el
cumplimiento de la Sentencia para demoler Valdecañas, pero esa situación no
genera ningún problema para nuestros gobernantes porque se pagará con dinero
público.
Ante esta situación y tras las peticiones del personal afectado por esta Ley, desde
USO » nos hemos visto obligados a convocar huelga en esta Administración, donde
se pide al Gobierno Autonómico lo siguiente:
1. Exigir la adopción de forma inmediata de medidas contundentes que
resuelvan la problemática que afecta a las trabajadoras y trabajadores temporales
de la Administración General de la Junta de Extremadura.
2. La aprobación de unas bases de convocatorias de procesos selectivos de
estabilización que realmente primen la experiencia acumulada durante la relación
laboral o funcionarial de las y los empleados públicos temporales en la
Administración General de la Junta de Extremadura y favorezcan la estabilidad
laboral de los mismos, siempre preservando el estricto cumplimiento de la
Legislación vigente y el respeto a la misma.
3. Elaboración de un censo donde se relacionen la totalidad de las plazas que
están ocupadas de manera temporal y que están dentro del ámbito de aplicación
de la Ley 20/2021, procediendo a publicar todas y cada una de ellas en las
correspondientes ofertas de empleo público antes del día 1 de junio de 2022,
según lo establecido en la citada Ley.
4. Suspensión de todas las convocatorias en las que no se haya publicado
hasta la fecha la lista provisional de admitidos y excluidos, para proceder a la
nueva convocatoria de las mismas según el ámbito de aplicación en el que se
encuentren de la Ley 20/2021, en cumplimiento de lo dictado por el Tribunal
Supremo en Sentencias como la de 16 Julio de 1982, ratificada por otras muchas
posteriores (STSJ de Madrid n° 830/2000, de 12/05/2000; STSJ de Castilla y León,
Valladolid, de 21/05/2004…)
5. Modificación de las bases de las convocatorias en las que se hayan
publicado las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos adaptando
los tipos de procesos selectivos establecidos en las mismas a lo recogido en la
Ley 20/2021, es decir, procesos selectivos de concurso oposición con exámenes
no eliminatorios.
Desde USO también piden que no se utilicen situaciones de debilidad, como la
que sufren este colectivo de trabajadores, para potenciar el enfrentamiento con
otros colectivos o con aspirantes a un puesto de trabajo en la Administración
Pública, sino que se promuevan soluciones satisfactorias para todos y cada uno
de ellos y no la crispación y el enfrentamiento. De la misma manera que los
opositores tienen derecho a un puesto de trabajo en la Administración y el personal
fijo a que se respeten sus derechos y acuerdos alcanzados en Mesa de
negociación, como el abono de la subida del 2% y el segundo nivel de la carrera
profesional, el personal temporal también tiene derecho a que se cumpla la Ley y
se facilite su estabilización en la Administración.