Redacción DEx, 31 de octubre de 2024.- Desde este jueves, el subsidio por desempleo aumenta su cuantía y amplía su cobertura a colectivos como víctimas de violencia de género, emigrantes retornados y jóvenes.
Entra en vigor el nuevo subsidio por desempleo, fruto del acuerdo entre el Gobierno y los sindicatos CCOO y UGT. La reforma introduce mejoras significativas en las cuantías y amplía el acceso a la prestación a nuevos colectivos.
Subsidios más altos durante el primer año
Una de las principales novedades es el aumento de las cuantías durante los primeros 12 meses de percepción. Se establecen tres tramos:
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- Primeros 6 meses: 95% del IPREM (570 euros mensuales).
- Siguientes 6 meses: 90% del IPREM (540 euros mensuales).
- Resto de la duración: 80% del IPREM (480 euros mensuales).
Más colectivos protegidos
El nuevo subsidio amplía su cobertura a colectivos que antes quedaban excluidos:
- Víctimas de violencia de género o sexual: a partir de los 16 años.
- Emigrantes retornados.
- Menores de 45 años sin cargas familiares.
- Trabajadores eventuales agrarios.
- Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla residentes en Marruecos.
Simplificación de trámites y acceso al subsidio
La reforma también introduce medidas para facilitar el acceso al subsidio:
- Eliminación de los subsidios parciales: se podrán cobrar íntegros aunque se haya trabajado a tiempo parcial.
- Acceso con menos de 12 meses cotizados: beneficiará especialmente a los jóvenes.
- Flexibilización del requisito de insuficiencia de rentas: se considera la renta personal o la de la unidad familiar.
- Eliminación del mes de espera: se podrá cobrar el subsidio desde el primer día.
Coordinación con el Ingreso Mínimo Vital
Se establece una «pasarela» para que quienes agoten el subsidio puedan acceder al Ingreso Mínimo Vital (IMV), con la excepción de las víctimas de violencia de género y los emigrantes retornados, que se mantendrán en el subsidio.
Reforma del régimen de sanciones
Se modifican las sanciones a los perceptores del subsidio:
- Obligación de presentar la declaración de la renta: aunque no se llegue al mínimo obligatorio.
- Suspensión del subsidio por no comunicar cambios en los requisitos: en lugar de la extinción.
- Nuevas causas de suspensión: interrupción del acuerdo de actividad, incumplimiento de la obligación de presentar documentos, no figurar inscrito como demandante de empleo (salvo que se esté trabajando a jornada completa), etc.
Compatibilidad con el trabajo a partir de abril de 2025
El nuevo régimen de compatibilidades del subsidio con un puesto de trabajo, a tiempo parcial o completo, entrará en vigor el 1 de abril de 2025.