Las ayudas de la Renta Básica podrán solicitarse cuando se apruebe el reglamento

La Consejería de Salud y Política Social, a través de la Dirección General de Política Social y Familia, ha aclarado que las ayudas asociadas a la Ley de Renta Básica Extremeña de Inserción podrán solicitarse cuando esté aprobado el reglamento que desarrolla el texto de la nueva normativa.

La entrada en vigor de la Ley de la Renta Básica, tras su publicación este
jueves en el Diario Oficial de Extremadura, debe ir acompañada ahora de otra serie
de pasos que debe dar la Administración regional para que las prestaciones
asociadas a la norma puedan empezar a llegar a los ciudadanos.


Concretamente, se trata de los trámites formales que establece la Ley de
Gobierno y Administración de Extremadura para aprobar el Reglamento que
desarrolla la Ley.


Este Reglamento, que es un Decreto, está prácticamente ultimado, tras la inclusión
de las enmiendas acordadas en el debate parlamentario del texto. Ahora, el
trámite a seguir, por ser una disposición de carácter general, es el
pronunciamiento previo del Consejo de Gobierno, para su remisión al Consejo
Consultivo de Extremadura con carácter de urgencia.


Una vez recabado el dictamen, se adaptará el reglamento a sus
consideraciones, para posteriormente ser llevado de nuevo al Consejo de
Gobierno para su aprobación definitiva y para su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.


El compromiso del Gobierno de Extremadura con la puesta en marcha de esta
ley, que constituye un hito histórico en la política social de la comunidad
autónoma, queda patente en el hecho de que el reglamento se ha ido redactando
paralelo a la Ley, con la intención de garantizar la máxima agilidad en los
trámites preceptivos.


De esta manera, además, el Gobierno de Extremadura da cumplimiento a los
dos meses que establece la Ley para el desarrollo reglamentario, según consta
en la Disposición Final Segunda de la norma.