LAS MUJERES QUE SE JUBILEN EN 2016 CON DOS O MÁS HIJOS TENDRÁN  MEJORA DE PENSIÓN

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016 dictó los criterios de la revalorización de pensiones del sistema de la Seguridad Social y previó su revalorización en un 0,25% .De acuerdo con estas previsiones se ha promulgado el Real Decreto de 29  de diciembre de 2015 que establece la revalorización de las pensiones en esa exigua cantidad,  para las pensiones tanto en su modalidad contributiva como en la de no contributivas del sistema, así como las pensiones que no sean concurrentes del extinguido seguro de Vejez e Invalidez (SOVI). El incremento afectarás a 9.382.000 de pensiones contributivas y 440.000 pensiones no contributivas. La subida del 0,25 por ciento supone un aumento de 1,6 euros al mes en el caso de la pensión mínima de jubilación que se elevará a 636,10 euros a partir del mes de enero.

 

La revalorización se aplica a las pensiones de incapacidad permanente ,jubilación, viudedad, orfandad y favor de familiares siempre que se hayan causado con anterioridad al 1 de enero de 2016. Hay que advertir que no afecta a los regímenes especiales de las Fuerzas Armadas, de Funcionarios Civiles de la Administración del Estado y de los Funcionarios de la Administración de Justicia.

 

Los importes de la pensiones mínimas del sistema de la Seguridad Social del ordenamiento jurídico social, garantizado por ley es el siguiente: Jubilación  con 65 años y cónyuge a su cargo  pensión de 784,90.Si el pensionista no alcanza los 65 años, la cantidad es de  735,70.En los casos en los que la persona jubilada no tenga cónyuge a cargo cobrará si tiene cumplidos los 65 años,636,10  ,los menores de esa edad 595 euros mes. La pensión de viudedad del titular con 65 años será de 636,10.

 

Los perceptores del complemento por cónyuge a cargo están obligados a declarar dentro del mes siguiente al momento en que se produzca, cualquier variación de su estado civil que se refiera a dicha situación. En otro  caso, las Entidades Gestoras de la Seguridad Social podrán solicitar los datos identificativos , así como la declaración de los ingresos que perciban ambos cónyuges. La omisión por parte de los beneficiarios de esta obligación es constitutiva de infracción y sanción en el orden social

 

La pensión máxima  revalorizada, queda limitada a la cantidad de 2.567,28 euros referente a una mensualidad ordinaria. Los pensionistas de pensión de Gran Invalidez que tengan reconocido un suplemento para abonar a la persona que les atienda, no resultan  afectados por la cuantía máxima señalada.

 

Se actualizan también las cuantías de las prestaciones derivadas de Accidente de Trabajo y Enfermedades profesionales, así como de las pensiones extraordinarias por actos de terrorismo, de las pensiones reconocidas en aplicación de normas internacionales, las normas sobre concurrencia de pensiones.

 

Hay que señalar que se han incrementado las pensiones que se abonen a las mujeres jubiladas por razón de maternidad  a partir del 1 de Enero de 2016 en las siguientes cuantías : un 5% más si son madres de dos hijos, el incremento será de un 10% si han tenido tres hijos y en caso de madres de cuatro o más hijos cobrarán un 15% más de prestación..

 

En la actualidad la pensión media de un varón asciende a 1.500 euros mientras que la de la mujer es de 1096, es casi un 27% menor precisamente porque el 98% de las peticiones de excedencia por maternidad para cuidado de niños proceden de mujeres, se trata de recompensar, por así decirlo el esfuerzo que hicieron las trabajadoras solicitando excedencia o reducción de la jornada laboral. En algunos países de la Unión Europea las mujeres pueden jubilarse con menor edad que  los varones. La explicación es que han tenido una «doble carrera» ,verdadero pluriempleo, al ocuparse de la actividad doméstica, y compatibilizarla con la carrera profesional. Un doble trabajo de gran ayuda para el colectivo social. Hay, por tanto, que  » igualar la brecha que separa las pensiones de mujeres y de hombres, toda vez que son ellas las que en mayor medida abandonan las responsabilidades laborales para ocuparse de las familiares»

 

La Federación Española de Familias Numerosas valora el apoyo a las madres que ven limitada su actividad laboral aunque reclama la extensión del complemento retributivo también para los padres porque «es pertinente compensar a las familias que con sus hijos, han aportado capital humano necesario para el sostenimiento del sistema de bienestar y garantizar las pensiones de todos».

 

 

LA AUTORA ES ACADÉMICA CORRESPONDIENTE DE LA REAL ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN