Digital Extremadura

Dos años sin pagar alquiler

Comparte en redes sociales

El Gobierno de Monago ha aprobado este martes una medida de carácter “excepcional y temporal”, que permitirá que algunos de los inquilinos de las viviendas de promoción pública de Extremadura puedan estar dos años sin pagar el alquiler.

[Img #25563]

El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto
por el que se modifica parcialmente el decreto 115/2006, de 27 de
junio, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de viviendas de
promoción pública de Extremadura.


El objetivo de la modificación de este decreto es doble. Por un lado, regula
un nuevo procedimiento de la supresión de la renta por un periodo máximo de dos
años, y por otro, incorpora la potestad de elección por parte de los Ayuntamientos
del sistema de adjudicación de viviendas de promoción pública,
independientemente de la ubicación de las mismas.


Según ha indicado la vicepresidenta del Gobierno de Extremadura,
Cristina Teniente, se trata de una medida de carácter “excepcional y temporal”,
con la que se pretende normalizar el parque público de viviendas y realizar la
política social más eficaz posible.


Podrán acogerse a esta medida todas aquellas unidades familiares titulares
de un contrato de alquiler con el Gobierno de Extremadura que hayan visto
alterados significativamente sus ingresos como consecuencia de la crisis económica
y financiera en los cuatro años anteriores al momento de la solicitud. Además, el
pago del alquiler debe suponer un esfuerzo económico para la unidad familiar
superior al diez por ciento de sus ingresos netos anuales.


El inquilino tendrá que acreditar que él y su unidad familiar continúa
cumpliendo los requisitos que en su día le dieron el derecho a ser
adjudicatarios de una vivienda de promoción pública  y que la ocupa como domicilio habitual y
permanente.


Todas las personas que deseen acogerse a esta medida, deberán acudir al
Servicio de Viviendas de Promoción Pública de la Consejería de Fomento,
Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo, donde deberán entregar el modelo
de solicitud de suspensión de la facturación (adjunto en el modelo anexo del decreto),
junto al resto de la documentación que acredite el cumplimiento de los
requisitos.


El plazo máximo de resolución y notificación será de tres meses desde
la presentación de la solicitud, pudiendo el solicitante considerar desestimada
su pretensión, sí transcurrido dicho plazo no hubiese recaído resolución
expresa sobre la misma.


Comparte en redes sociales

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *