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Se aprueban, en parte, las alegaciones de Ceres Golf en torno a las aguas residuales

CÁCERES
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la Comisión de Urbanismo ha estudiado las alegaciones formuladas por los promotores de la Urbanización Ceres Golf, ante la decisión de la comisión, el pasado 16 de abril, de que la promotora de la urbanización es la responsable de ejecutar las obras necesarias para solucionar el problema relativo al vertido de aguas residuales.

[Img #28084]Se ha concedido a la empresa
promotora (Ceres Golf, S.A., Progemisa, Norba Club de Golf y Golf Cáceres S.A),
un plazo de audiencia para presentar alegaciones en su defensa, entre las que
ha puesto de manifiesto que solo la empresa Ceres Golf S.A. fue la promotora de
la urbanización.

 

Asimismo, señalan que se trata de
una urbanización privada, que no ha sido recepcionada por el ayuntamiento, por lo
que entienden que el vertido de aguas residuales y su adecuación a la normativa
es competencia exclusiva de la Confederación Hidrográfica del Tajo, y no del
consistorio.

 

También manifiestan que la
responsabilidad de los vertidos de aguas residuales es algo que hay que imputar
a la Comunidad de Propietarios y nunca a Ceres Golf S.A. y que la depuradora
existente en la urbanización fue construida cumpliendo con todos los parámetros
necesarios, pero que la comunidad de propietarios no empezó a depurar las aguas
residuales, por lo que es posible que la depuradora al no haberse puesto en
funcionamiento se haya deteriorado.

 

En este sentido, la comisión ha
aprobado por unanimidad y en base a los informes jurídicos estimar, en parte,
las alegaciones formuladas, en concreto en las cuestiones relativas a
considerar como única promotora de la urbanización a la entidad mercantil Ceres Golf y que la responsabilidad de los vertidos de aguas residuales es algo que
hay que imputar a la Comunidad de Propietarios.


Entienden los informes técnicos que
la red de saneamiento y la depuración constituye elemento común indispensable
para el adecuado uso de las viviendas, cuya conservación y mantenimiento
corresponde a los diferentes propietarios, hoy constituidos en Comunidad de
Propietarios.

 

No obstante, la comisión ha
acordado igualmente conceder a la Comunidad de Propietarios un trámite de
audiencia por plazo no inferior a diez días ni superior a quince, durante el
que podrán formular cuantas alegaciones en defensa de sus derechos estime
oportunas y presentar los documentos y justificaciones que considere
pertinentes.

VISTO BUENO A  DOS GASOLINERAS, UNA NAVE Y UN CORTIJO

Entre otras cuestiones, la Comisión
de Urbanismo ha informado favorablemente sobre la viabilidad de implantación de
dos gasolineras en Montesol 2 y Maltravieso, y ha aprobado igualmente una
licencia de proyecto básico y ejecución de construcción de nave ganadera en la
finca ‘Higuera de San Miguel’, y la licencia para proyecto básico de reforma y
ampliación de cortijo en Dehesa de las ‘Terronas de Abajo’, en Rincón de
Ballesteros.


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