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Modificado el decreto de subvenciones para la contratación de empleados del hogar

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El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se modifica el decreto 116/2012, de 29 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la conciliación de la vida familiar, personal y laboral de los trabajadores autónomos y empleadores de las personas empleadas de hogar.

La modificación afecta en lo relativo a las ayudas destinadas a la
contratación de personas empleadas de hogar, para subvencionar no sólo los
contratos que supongan un alta nueva en Seguridad Social sino también la
continuidad de los contratos ya realizadas.


Con la modificación del decreto, se incrementan las cuantías por las
contrataciones que supongan un alta nueva en Seguridad Social, de manera que la
ayuda puede ser de entre 300 euros (cuando la base de cotización es de 147,86
euros/mes) hasta los 1.200 euros (cuando la base de cotización es de 790,65
euros/mes).


En el caso de ayudas para el mantenimiento de la contratación de la
persona empleada de hogar se establecen las cuantías que van desde los 200
euros (cuando la base de cotización es de 147,86 euros/mes) hasta los 1.000
euros (cuando la base de cotización es de 790,65 euros/mes).


El beneficiario de la ayuda deberá cumplir la obligación de cotizar
por la persona empleada de hogar en el Sistema Especial para Empleados de Hogar
dentro del Régimen General durante los doce meses siguientes a la solicitud de
la ayuda.


De acuerdo con el nuevo articulado, los empleadores que hubiesen sido
beneficiarios de subvención por alta nueva en Seguridad Social, solo podrán
solicitar la subvención al mantenimiento de la contratación una vez cumplida la
obligación de cotizar por la persona empleada de hogar durante los doce meses
siguientes a la solicitud de aquella ayuda.


La subvención al mantenimiento de la contratación podrá ser solicitada
también por empleadores que no hubiesen sido beneficiarios de ayuda por alta
nueva en Seguridad Social.


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