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Se amplían los beneficiarios de las ayudas para el fomento de la contratación indefinida

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El Consejo de Gobierno ha aprobado la modificación del decreto 147/2012, de 27 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en Extremadura.

Se introduce
como posibles beneficiarias a las empresas que, no teniendo la consideración de
PYMES, mediante la apertura de nuevos centros en Extremadura o mediante la
ampliación de centros existentes y respecto del personal contratado al servicio
de los mismos, contribuyan al crecimiento y al desarrollo del tejido
empresarial en Extremadura.


Asimismo, se incluyen también como beneficiarios a los empresarios del sector agrícola que, por razón de
la naturaleza de sus actividades, no habían podido tener acceso a estas ayudas
en normativas anteriores.


Esta línea de
ayudas se articula en dos programas, uno para los contratos indefinidos
iniciales, suscritos con trabajadores desempleados que en el momento de la
contratación carezcan de ocupación laboral; y otro para las transformaciones en
indefinidos de los contratos de duración determinada.


Con la
modificación del decreto se incrementa además la cuantía de las ayudas en ambos
programas.


De esta
manera, las ayudas para la contratación indefinida inicial serán de 6.500 euros
para la contratación de mujeres; jóvenes menores de 30 años y mayores de 45
años, y de 5.500 para la contratación inicial del resto de hombres.


Para la
transformación de contratos temporales a indefinidos, la ayuda será de 4.000
euros para las mujeres y 3.000 para los hombres.


También
se reducen los plazos de obligación de mantenimiento del puesto de trabajo
subvencionado, pasando de dos años a dieciocho meses.


El objetivo
de estas ayudas es impulsar la contratación indefinida para reducir las altas
tasas de temporalidad y contribuir a la mejora de la competitividad de las
empresas, uno de los objetivos prioritarios del Plan de Acción Integral de
Empleo, Emprendedores y Empresa (Plan 3E).


Al mismo
tiempo, se incentiva la creación de empleo para mujeres como grupo de atención
prioritario, así como para los jóvenes menores de 30 años y también los varones
mayores de 45.


La jornada laboral de los contratos indefinidos realizados al amparo
de ambos programas deberá ser, como mínimo, del 50 por ciento de la jornada
habitual de la empresa, actividad o sector de que se trata o, en su defecto, la
jornada máxima legal.


Además, se
mantiene la ayuda por contratación indefinida a personas empleadas de hogar,
sector que se incluyó por primera vez como beneficiario en el decreto aprobado
en 2012, que ahora se modifica para introducir los aspectos ya señalados.


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