Digital Extremadura

SOBRE LA LEY DE «LA PATADA EN LA BOCA».

OPINIÓN
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Tiene preparada el gobierno la
reforma de la Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero, que aquel Corcuera
introdujo y que fue conocida como la ley de la patada en la puerta, ya que
pretendía, fuera de todo ámbito constitucional, realizar registros y otras
actuaciones fuera del control judicial. Recogen las hemerotecas los
«piropos» que recibió Corcuera por parte de un Partido Popular, a las
cuales me remito.


El binomio Seguridad/ libertad ha
sido y es el indicativo más claro que evidencia por donde se dirige un
gobierno, cuáles son sus verdaderas consignas y en definitiva cual es el
verdadero talante a la hora de gobernar. Que en las leyes de un país prime la
seguridad sobre la libertad después de tantos años de democracia, es que algo
ha fallado. Pero nunca se puede culpar a la ciudadanía, nunca, ya que en aras
de una mal llamada (in)seguridad pública no puede haber recortes
constitucionales a la libertad de expresión, de manifestación y de reunión como
pretende el Partido Popular con esta reforma. Entre seguridad y libertad debe
haber un equilibrio que es el que demanda la sociedad, y es curioso, que estas
reformas amplían en demasía los poderes que se otorgan a la administración (al
gobierno) fuera de los jueces, en naciones donde ha habido grades recortes por
la crisis y donde al ciudadano no le queda otro remedio que dejarse oír en la
calle.


Las medidas que impone esta ley, llamada ya de «la patada en
la boca», no son ni idóneas, ni necesarias ni proporcionales e impiden a
todos los españoles salir a la calle con libertad para expresarse. Si en
manifestaciones, reuniones y otros actos se cometen delitos (daños al
mobiliario urbano, lesiones, agresiones a policías, etc.) denúnciense y que
sean los tribunales de justicia los que hagan su trabajo, pero impedir de modo
«preventivo» que estos se manifiesten y se reúnan es
desproporcionado. Si en el año 2014 España necesita este tipo de intervención,
es que estamos más lejos de la verdadera democracia que la constitución del año
78 tenia pensada.


¿Quién se va a atrever ahora (persona física o jurídica) a
convocar una manifestación o publicar una convocatoria de una manifestación so
pena de multas de hasta 600.000 euros?

 


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