El ayuntamiento de CĂĄceres ha propuesto tres soluciones diferentes a los vecinos de la UrbanizaciĂłn Ceres Golf de cara a resolver los problemas de vertido de aguas residuales de dicha urbanizaciĂłn.
En
concreto, las tres propuestas planteadas son las de conectar la red de
saneamiento con la estaciĂłn de bombeo de aguas residuales de la estaciĂłn
depuradora que tiene el CEFOT; la construcciĂłn de una estaciĂłn de bombeo de las
aguas residuales a la red de saneamiento municipal; y la puesta en marcha de
una estaciĂłn depuradora de aguas residuales en la propia urbanizaciĂłn.
Â
Tres
soluciones factibles entre las que deberĂĄn elegir los propietarios despuĂŠs de
que la comisiĂłn haya dictaminado a favor de requerir a la Comunidad de
Propietarios para que proceda, en el plazo de seis meses, a dar soluciĂłn al
problema de los vertidos, con apercibimiento de ejecuciĂłn subsidiaria.
Â
Y
es que se considera que la responsabilidad de los vertidos de las aguas
residuales es de la comunidad de propietarios, en consonancia con una sentencia
del TSJEx que asĂ lo ha determinado.
Â
En
concreto se seĂąala en dicha sentencia que âCeres Golf SA atribuye a cada
parcela un porcentaje de participaciĂłn en las distribuciĂłn de beneficios y cargas
de la Entidad de ConservaciĂłn que se constituyaâ.
Â
AdemĂĄs,
indica que âla UrbanizaciĂłn Ceres Golf es una urbanizaciĂłn privada construida
al amparo de la ley de Oferta TurĂstica Complementaria, correspondiendo a sus
propietarios la conservaciĂłn y mantenimiento de la misma, y por ello en las
escrituras pĂşblicas se atribuyĂł a cada parcela un porcentaje de participaciĂłn
en la distribuciĂłn de beneficios y cargas de la Entidad de ConservaciĂłnâŚâ,
Â
URBANIZACION PRIVADA
A
esto se aĂąade que los servicios tĂŠcnicos inciden en que desde el inicio de la
actuaciĂłn urbanizadora se dejĂł claro que âse trata de una urbanizaciĂłn privada
que el Ayuntamiento no recepcionarĂaâ y se ha hecho constar que ademĂĄs de âno
haberse producido cesiĂłn alguna a favor del ayuntamiento, los servicios
urbanĂsticos de la urbanizaciĂłn (saneamiento, abastecimiento, alumbradoâŚ) se
proyectaron y ejecutaron con la consideraciĂłn de urbanizaciĂłn privada y no
conforme a los criterios que los tĂŠcnicos municipales mantienen cuando se trata
de urbanizaciones a recepcionarâ.
Â
TambiĂŠn
reseĂąan los informes, en cuanto a la depuraciĂłn de aguas residuales, que âel
saneamiento de la urbanizaciĂłn no estĂĄ conectado a la red municipal de
saneamiento por lo que este ayuntamiento no puede hacerse cargo del servicio de
depuraciĂłn. Es por ello que la tasa de alcantarillado no se cobra a esta
comunidadâ.
Â
Por
todo, se han ofrecido esas tres soluciones a los propietarios de la
UrbanizaciĂłn Ceres Golf y se ha dictaminado a favor de requerir a la comunidad
de propietarios a que acometan las obras y tambiĂŠn se han desestimado las
alegaciones presentadas por los vecinos sobre la responsabilidad de los
vertidos, en base a otra sentencia relativa a una resoluciĂłn de la
ConfederaciĂłn HidrogrĂĄfica del Tajo sobre sanciones por los vertidos.Â
El dictamen
ha contado con los votos favorables del PP y los contrarios de IU y PSOE.
Â