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Publicado el nuevo decreto que regula el movimiento equino

CAMPO
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El Diario Oficial de Extremadura ha publicado el decreto por el que se regula el movimiento equino, la desinfección de los vehículos de transporte y el libro de explotación equina en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La
importancia económica y social que está tomando el sector equino en la región y
los cambios que ha experimentado en los últimos años, con el desarrollo de
otras alternativas al uso tradicional, y que incide en una recuperación del
sector, así como el incremento experimentado en la producción de ejemplares de
Pura Raza, hace necesario regular y simplificar la actividad y en particular
favorecer el uso relacionado con las actividades de ocio y deporte.

 

El
Real Decreto 1515/2009, de 2 de octubre, establece la necesidad de que el
Documento de Identificación Equino acompañe a los équidos en sus desplazamientos,
e inhabilita el Libro de Registro Equino establecido en Extremadura como
documento de identificación porque no cumple con los datos mínimos y, por
consiguiente, lo invalida como documento de traslado de estos animales.

 

Esto
hecho hace necesario establecer un nuevo documento de traslado que sustituya al
Libro de Registro Equino y permita el desplazamiento de estos animales en el
territorio de la región.

 

Además,
al permitir el desplazamiento con la tarjeta de movimiento equino sin tener que
solicitar el documento de traslado en la oficina veterinaria de zona, también
es necesario regular la desinfección de los vehículos donde se transporten
estos animales sin tener que aplicar el Real Decreto 1559/2005, de 23 de
diciembre, al poder considerar este tipo de équidos como animales de compañía,
y favorecer así el desplazamiento de los mismos en Extremadura.

 

Por
otra parte, el Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la
ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones
equinas, establece que éstas deberán disponer y llevar actualizado el Libro de
Explotación.

 

Así,
se hace necesario implantar un Libro de Explotación para cumplir con dicho Real
Decreto y sustituir la cartilla ganadera con el fin de simplificar las labores
administrativas de los ganaderos, de forma que lleven el control de los
animales de su explotación para favorecer la trazabilidad y las medidas de
prevención sanitaria de los équidos.


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