El Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres ha condenado a tres meses de prisión al joven que tiró a un perro desde la ventana de un sexto piso de Cáceres, causándole la muerte, así como a un año de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio relacionado con los animales.
Además,
este joven deberá pagar 2.700 euros al dueño del perro en concepto de
indemnización, de los que 700 suponen el precio de adquisición del perro, y los
2.000 restantes por «daños morales», según esta sentencia, recogida
por Europa Press.
La
sentencia considera a este joven responsable de un delito de maltrato de
animales domésticos, y lo condena además a abonar las costas del proceso
judicial, según se recoge en el fallo judicial dictado tras el juicio que se
celebró el pasado miércoles, 2 de abril, en Cáceres.
Los
hechos se remontan al pasado 29 de junio de 2013, cuando el ahora condenado,
que responde a las iniciales A.G.P., llegó a un piso en la calle Argentina de
Cáceres, donde se encontraban el dueño del perro, Miguel Ángel Parra, y una
joven con la que el acusado había mantenido una relación, y tras una discusión,
acabó tirando al animal por la ventana, en un sexto piso.
El
perro, un bulldog francés de 10 meses llamado ‘Homer’, fue trasladado al
Hospital Clínico Veterinario de la Facultad de Veterinaria de Cáceres, que
constató el fallecimiento del animal.
En
el juicio se presentó como acusación particular la asociación protectora de
animales ‘El Refugio’, quien reclamó un año de prisión para el ahora condenado,
mientras que el abogado de la defensa pidió la «aplicación de una pena
ajustada a derecho y el pago de la responsabilidad igualmente ajustada a
derecho».
Tras
el juicio, el juez ha considerado a Antonio G.P. como responsable de un delito
de maltrato de animales domésticos, previsto y penado en el artículo 337 del
Código Penal.
La protectora ‘El Refugio’ considera esta
sentencia como «ejemplar», y destaca que «se suma a una lista de
casos de maltrato animal que han sido resueltos por jueces españoles con
condenas de cárcel para los imputados de dichos delitos».
Señala
esta protectora que el vigente Código Penal contempla penas de entre tres meses
y un año de cárcel para casos de maltrato animal como este, y aunque reconoce
que «si bien es verdad que en muchos casos los condenados a penas de
cárcel por este tipo de delitos no ingresan finalmente en prisión»,
destaca que los condenados «pasan a tener antecedentes penales para el
resto de sus vidas».
Unos
antecedentes que suponen que «volver a tener el más mínimo desencuentro
con la ley significaría su ingreso directo en prisión», apunta la
protectora.
«Desde
El Refugio nos sentimos muy orgullosos de que la justicia española respalde con
esta sentencia ejemplar la denuncia que en su día interpusimos ante un acto tan
atroz como este», señala esta protectora, que confía en que esta sentencia
«sirva de aviso para todos aquellos que todavía no se han enterado de que
a los animales, ni se los debe, ni se los puede maltratar».
Finalmente,
advierte que “seguirá denunciando todos los casos de maltrato que esté en
nuestra mano».