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UGT alerta de que el Gobierno extremeño incumple la Ley de Renta Básica al no convocar la comisión de seguimiento

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UGT Extremadura ha alertado del incumplimiento por parte del Gobierno extremeño del reglamento de la Ley de Renta Básica al no convocar la comisión de seguimiento, que debe reunirse cada seis meses.

El
sindicato ha indicado que el pasado 11 de abril envió una carta al consejero de
Salud y Política Social, Luis Alfonso Hernández Carrón, instándole a
«convocar de manera urgente» la Comisión de Seguimiento de la Renta
Básica, y ha lamentado que «a fecha de hoy no se ha recibido
respuesta».

 

En
ese sentido, el sindicato ha recordado que según el decreto que regula la ley, dicha
comisión debe ser convocada de forma ordinaria cada 6 meses, por lo que con
esta actitud, el Gobierno «ha dejado patente su incapacidad para gestionar
una ley destinada a paliar la grave situación en la que se encuentran muchas
familias extremeñas», asegura.

 

Y
es que, según destaca UGT, la región «cuenta con un 34 por ciento de la
población en situación de pobreza y más de 64.000 parados no cobran ya ningún
tipo de prestación», y tras nueve meses desde su puesta en marcha el
Gobierno «reconoció la inviabilidad del reglamento aprobado en su momento
y sin embargo no ha tomado ninguna medida para subsanar los errores en la gestión
de la Renta Básica».

 

Recuerda
que el sindicato solicitó al consejero la convocatoria de la Comisión de la
Renta Básica para «a través del consenso y de las aportaciones de los
agentes sociales» realizar las modificaciones oportunas para hacer que la
Renta Básica «sea efectiva ya en número suficiente para cubrir las
necesidades básicas de los extremeños que se encuentran en riesgo de exclusión
social».

 

Por
todo ello, UGT considera que no es entendible que «el silencio
administrativo para esta norma tenga carácter negativo y mucho menos que se
tenga tres meses para obtener respuesta», por lo que señalada que
«eliminando este requisito se agilizarían los trámites y facilitaría la
concesión de esta prestación».


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