Digital Extremadura

Aprobado el calendario de días festivos en Extremadura para 2015

EXTREMADURA
Comparte en redes sociales

El Consejo de Gobierno en su reunión de este martes ha aprobado el decreto por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma para 2015.

[Img #36893]Así, las fiestas laborales retribuidas y no recuperables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el próximo año serán las siguientes: 1 de enero, Año Nuevo; 6 de enero, Epifanía del Señor; 2 de abril, Jueves Santo; 3 de abril, Viernes Santo; 1 de mayo, Fiesta del Trabajo y 15 de agosto, Asunción de la Virgen.

 

También serán festivos el 8 de septiembre, Día de Extremadura; 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 1 de noviembre, Todos los Santos; 6 de diciembre, Día de la Constitución Española; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción y  25 de diciembre, Natividad del Señor.

 

Asimismo, se dispone que, en aplicación de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, el descanso laboral correspondiente a los días 1 de noviembre y 6 de diciembre se disfrutará los días 2 de noviembre y 7 de diciembre, ambos lunes, por coincidir esas dos fiestas en domingo.

 

Además, serán inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables -con el carácter de fiestas locales-, otros dos días que serán determinados por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación a propuesta del órgano competente de cada ayuntamiento.


Comparte en redes sociales

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *