Convocatoria extraordinaria de subvenciones a entidades promotoras de las acciones del Programa @prendizext

El Consejo de Gobierno ha autorizado la convocatoria extraordinaria de subvenciones a entidades promotoras de las acciones del Programa de Formación Profesional Dual @prendizext, por un importe de 4 millones de euros.

Mediante la orden de 8 de abril de 2014 se autorizó la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de los proyectos @prendizext instados por las entidades promotoras por un importe global de 22.600.000 de euros.

 

En su ejecución, se han aprobado subvenciones para el desarrollo de 88 proyectos dirigidos a 1.628 jóvenes desempleados mayores de 18 años y menores de 25.

 

La disponibilidad presupuestaria se ha visto incrementada, y por ello, y con el fin de que esta medida llegue a localidades que no se hayan visto beneficiadas por la convocatoria anterior y que el número de beneficiarios sea el mayor posible, se aprueba esta convocatoria extraordinaria.

 

En el programa @prendizext, el aprendizaje y la cualificación se alternan con el trabajo efectivo para permitir la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes en actividades de utilidad pública o interés social, más una etapa complementaria de prácticas no laborales en empresas.

 

VIVIENDAS PROTEGIDAS

 

Por ora parte el Consejo de Gobierno ha aprobado la modificación del decreto 234/2013, de 10 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria única de las subvenciones destinadas a los adquirientes o adjudicatarios de viviendas protegidas de nueva construcción de régimen general o especial, radicadas en Extremadura, que se hayan visto afectados por las nuevas exigencias impuestas para la obtención de la ayuda estatal directa a la entrada.

 

El objetivo de estas subvenciones es compensar a los adquirientes o adjudicatarios de viviendas protegidas de régimen general o especial que, teniendo reconocida la ayuda estatal directa que subsistía conforme al Real Decreto 1713/2010, de 17 de diciembre, no puedan percibirla por no cumplir las condiciones de obtención impuestas por la disposición adicional segunda de la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.

 

Mediante el decreto aprobado hoy se modifican algunos requisitos que han resultado excesivamente rígidos y, con ello, se eleva el número de beneficiarios con derecho a percibir esta subvención.