Aquel 21 de abril de 1486, sería un día grande en Guadalupe, fecha que marcaría un hito entre las relaciones de la nobleza con los payeses – campesinos -. Aquellos conflictos iniciados a principios del siglo XIV entre la nobleza y los payeses de remensas, es decir los campesinos frente a los derechos señoriales. Remensa – del latín redimentia – es como se designaba en la Corona de Aragón, durante la Edad Media, el pago que, en concepto de rescate, habían de conceder los campesinos – payeses – a su señor para abandonar la tierra. En los inicios del siglo XIV, cuando se extendían la Corona de Aragón y las poblaciones catalanas, descendían, sin embargo, los habitantes, debido a los efectos de la Peste Negra. Aumentaban los derechos señoriales al endurecer sus reglas a los payeses de remensa. A mediados del siglo XV, el Rey Alfonso V “El Magnánimo” permitiría a los trabajadores del campo la creación de un sindicato de remensa o, lo que es lo mismo, un gremio de campesinos para, de esta suerte, reducir los abusos de los señores.
Ante las presiones de la Generalidad y del prelado de Gerona, que apoyaba a la Nobleza, el Rey se retractaría. Lo que era motivo de una lucha sin cuartel por parte de payeses y nobles, verían en la Sentencia Arbitral de Guadalupe, el día 21 de abril de 1486 por mediación del Rey Fernando El Católico, el fin de unas luchas y las reivindicaciones para liberar a los campesinos catalanes. De ahí que esas efemérides sean clave para las buenas relaciones entre la Nobleza y el campesinado. Esa sentencia arbitral es un hito importante, un hecho trascendental, “un monumento jurídico”, en palabras del ilustre guadalupense, Florentino Reinoso. Qué gran significado, qué decisión tan trascendental “por cuanto supuso, en el siglo XV, la primera base de una reforma social a favor de los payeses de remensa, el campesinado o clase más humilde de aquella sociedad feudal, regida y dominada, totalmente, por señores dueños de vidas y haciendas”.
Amante de su Guadalupe natal, humanista y, sin embargo, pitagórico, Florentino Reinoso orilla, a veces, el mundo de las finanzas para saborear la historia y, especialmente, deslumbrarse por el faro de Guadalupe, tan en su vida. Ahora gozoso con su júbilo, ha buceado, en su segunda navegación platoniana, “la más serena y hermosa”, y ha impregnado su retina de legajos e historias, y hablamos de esta Sentencia Arbitral que resolvería luchas de clases, durante casi un siglo, esas “guerras de remensa”, dos grandes levantamientos a causa de la opresión ejercida sobre aquellos payeses, y la abolición de los “malos usos”, condición de siervos en los labradores durante su vida. Con la Sentencia, además, los señores feudales pasarían de ser “suaves” a perder su poder absoluto sobre los bienes del payés, su vinculación vitalicia de servidumbre a la gleba, presión arbitraria y terrible de la Nobleza, hasta por encima del poder real.”
El señor fijaría, arbitrariamente, los pagos a su favor, el derecho a heredar sus bienes, la preferencia en la lactancia para sus hijos, el poder, en suma, para prender, maltratar y castigar al payés, derecho de pernada…La Sentencia contribuiría a robustecer el poder de la Corona, a dignificar la figura del campesino, revalorizar la tierra, liberar del comercio los productos agrícolas…. Si Castilla, en fin, hubiera contado con disposiciones semejantes a las otorgadas a Cataluña con la Sentencia Arbitral de Guadalupe, los beneficios proporcionados por las riquezas procedentes de América habrían redundado en la modernización de la economía castellana.
Cataluña formaba parte del reino de Aragón. En suma: Cataluña y Extremadura estaban muy unidas en lo económico y social. De ahí que, con buen criterio, me comente Florentino: “¿Quién iba a decirle a nuestros paisanos que, cinco siglos después, emigrantes en pagos catalanes, se beneficiarían indirectamente de esas tierras gracias al arbitrio nacido en los pagos de Guadalupe?.”
Respecto al año 1714 que alegan los catalanes como fecha en la que les arrebatarían la independencia, es una falacia. Muchos años después, en octubre de 1934, durante la Segunda República, surgiría el Estado Catalán, que acabaría fracasando. Y Cataluña no sería nunca ni reino ni nación, porque siempre estaría integrada en los reinos de España, desde la unificación de los Reyes Católicos y, mucho antes, como parte del reino de Aragón. Esa Sentencia Arbitral es un pergamino de oro en la Historia de España y el faro deslumbrante de un documento sellado en Guadalupe. Quién iba a imaginarse que, en las Villuercas, donde se escribiría tanta historia, a pesar de su lejanía y de lo intrincado de su paisaje y, por ende, de malos caminos, iba a aparecer este valioso manuscrito. Ay, es que ese Monasterio es mucho Monasterio, tanto que, en la baja Edad Media, según el doctor Arana es, en esa época, “donde realmente están las raíces de España, de la identidad española” y, concretamente en el Monasterio de Guadalupe, regido desde 1389 por la Orden de los Jerónimos. Y es que Guadalupe sería pionero de la Medicina moderna ya en el siglo XV, pero esto ya no tiene nada que ver con el mareante Mas y su Cataluña.