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Apag Extremadura Asaja aplaude que los agricultores no paguen el IVA en determinadas transmisiones de la PAC

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La organización agraria Apag Extremadura Asaja ha puesto en valor y ha felicitado públicamente a Asaja Nacional por «lograr» que los agricultores «no» paguen el IVA en las transmisiones de derecho de pago único de la Política Agraria Común (PAC).

 Así, esta organización agraria ha reconocido el «gran trabajo realizado» por Asaja Nacional para conseguir «arrancar» del Gobierno central «dos compromisos prioritarios» que venían persiguiendo los agricultores y ganaderos como es el anteriormente mencionado y una «previsible mayor seguridad en los campos», gracias a la reforma del Código Penal que entrará en vigor el próximo 1 de julio.

  

Apag Extremadura Asaja ha señalado en una nota de prensa que el Ministerio de Hacienda ha aprobado a instancias de Asaja Nacional que los agricultores que vendan o alquilen sus derechos de la PAC junto con el terreno correspondiente no tendrán que tributar por el IVA.

  

La repercusión incide en los años 2011, 2012 y 2013, tanto a los arrendadores como a los vendedores, que eran los que estaban obligados a abonar el IVA y que ahora quedarán exentos.

  

Sin embargo, Asaja ha argumentado desde el primer momento que los arrendamientos y/o compraventas de tierras agrícolas se considerasen como «actividad principal» en su condición de prestación accesoria de derechos de pago único, por lo que debían de estar exentos de IVA, como a su vez los derechos de pago único asociado.

  

Esta tesis ha venido, además, avalada por un informe del Comité del IVA de la Unión Europea, que ha subrayado «el carácter jurídico accesorio de los derechos»; y así lo ha terminado por reconocer también el Ministerio de Hacienda.

  

De la misma manera, la Dirección General de Tributos ha considerado que las operaciones accesorias tributan del mismo modo que la operación principal, lo que repercute en la exención del impuesto que resulta de la aplicación a las entregas y arrendamientos de terrenos, como es el caso del IVA.

 

CESIÓN DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO

  

En otro orden de cosas, la cesión de derechos de pago único se ha considerado también como una operación no sujeta al IVA al producirse una transmisión global o íntegra del patrimonio empresarial o profesional.

  

Sin embargo, a partir de ahora, también tendrá el mismo tratamiento la transmisión parcial o en parte, que no estará tampoco sujeta a este impuesto tras la petición de Asaja.

  

«Confiamos en que los recursos que venían interponiendo los agricultores en los últimos tiempos, tras este dictamen de la Dirección General de Recursos, sean resueltos de forma positiva y que también se paralicen de raíz las comprobaciones que hasta el momento llevaba a cabo la Agencia Tributaria contra los profesionales del sector», ha indicado Apag Extremadura Asaja.

  

Por consiguiente, esta organización agraria ha informado de que se debe solicitar la devolución del IVA de los agricultores y ganaderos que ya hayan pagado por ingresos indebidos.

 

CÓDIGO PENAL

  

En otro orden de cosas, Apag Extremadura Asaja ha manifestado que está satisfecha «pero sólo en parte» con las mejoras conseguidas en la tan esperada reforma del Código Penal contra los robos en el campo, que entrará en vigor este próximo 1 de julio, ya que no son todas las deseadas.

  

«En nuestra opinión, la reforma debería de haber sido más ambiciosa y con un endurecimiento aún mayor de las penas», han afirmado.

  

Cabe recordar que esta modificación aprobada incluye que «la tipificación de los hurtos dejan de ser faltas y pasan a considerarse delitos leves y se endurecen, en parte, las penas por los hurtos realizados en explotaciones agrarias y ganaderas, castigándose con una pena de prisión de uno a tres años».

  

Asimismo, se agravan las penas por el delito de receptación, al que se impondrá una pena de uno a tres años de prisión (antes se establecía entre seis meses a dos años).

  

Además, en este tipo de delitos se agrava la pena cuando estos se realicen en establecimientos o locales mercantiles, imponiendo además de la pena de prisión una multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión.

  

También se contempla un tipo agravado cuando los autores de los delitos sean multirreincidentes, «que anteriormente eran condenados por faltas de hurtos y ahora podrán ser condenados por un delito de hurto agravado castigado con penas de uno a tres años cuando ya han sido condenados por tres delitos patrimoniales».

  

En cualquier caso, Apag Extremadura Asaja ha valorado «positivamente» las negociaciones llevadas a cabo por Asaja Nacional para cambiar esta normativa que consideran «vital para la protección jurídica de las explotaciones agrarias», que han padecido hasta ahora una «enorme desprotección» y como consecuencia de ello «un perjuicio muy elevado».


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