LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES

 Hay quien asegura que las diputaciones son grandes desconocidas para los ciudadanos, y  en las  comunidades autónomas de una sola provincia,les resulta particularmente ajena esta institución, pero yo estoy convencido de que son  Instituciones necesarias, sobre todo para la asistencia a los municipios pequeños, a los que tiene que financiar e incluso poner a su disposición los servicios de la propia Diputación, para redacción de proyectos, realización de obras públicas, asesoría  jurídica, etc.

 

   Además hay que hacer constar que las Diputaciones aparecen con la Constitución de Cádiz de 1812, no son de ayer y su finalidad es reorganizar el sistema de administración territorial del Estado, en el ámbito del gobierno de las  provincias.

 

  En la Constitución del año 1978 se establece que las Diputaciones deben prestar sus servicios a los Ayuntamientos que integran la provincia, para garantizar la solidaridad y el equilibrio entre los municipios, prestando mayor atención a aquellos que cuentan con menos recursos para poder cumplir con los servicios de competencia municipal.

 

   Uno de los aspectos que contribuyen a la poca visibilidad de las diputaciones es su modelo de elección indirecta. El programa de gobierno, o los candidatos a Diputados provinciales, nunca se someten a un proceso electoral directo. Su elección, como refleja la Ley 7/1985, se realiza de forma indirecta a partir de los resultados de las elecciones municipales. Los votos obtenidos por cada partido político en las circunscripciones delimitadas por los partidos judiciales, determinan el número de diputados provinciales asignado a cada partido, que se elegirán entre los concejales o alcaldes.

 

  En cada Provincia habrá Diputación, llamada provincial, para promover su prosperidad…», establecía la Constitución de Cádiz en su artículo 325. Tal fue la importancia de este artículo que hoy día siguen existiendo en la Administración Local. Es verdad, que la instauración constitucional de las Comunidades Autónomas dejó a las Diputaciones como un ente intermedio entre el municipio y las Comunidades Autónomas, lo que lleva, en ocasiones a ejercer competencias solapadas o similares. con  los Servicios Territoriales o Provinciales de las Comunidades Autónomas.

José Antonio Monago, conocedor de las administraciones locales ha reiterado que  «la diputación es un elemento esencial para poder vertebrar el desarrollo de los pueblos»., refiriéndose al papel que hacen las diputaciones en una comunidad con las dos provincias de mayor extensión de toda España, lo cual produce una dispersión de la población en casi 400 núcleos de población a lo largo de 42.000 kilómetros”., como es Extremadura.

 

   Son verdaderas administraciones territoriales con competencias propias y autonomía para la gestión de sus intereses, tal y como reconoce la Constitución, cumpliendo con una labor de  coordinación territorial, auxilio a los pequeños y medianos municipios, prestación de servicios de primera necesidad que no podrían prestar muchos municipios por sí solos, e impulso de actuaciones complementarias en temas de competencia municipal, mejorando la gestión local.

 

   Carece por tanto de rigor la afirmación de algunos líderes políticos actuales que  proponen la supresión de las Diputaciones y de otras Instituciones locales simplemente por desconocimiento.