El Consejo de Gobierno autorizó la convocatoria de becas y ayudas de transporte, manutención, y alojamiento y manutención, a que tengan derecho los trabajadores desempleados que participen en las acciones formativas y prácticas profesionales no laborales incluidas en la oferta del Servicio Extremeño Público de Empleo.
La oferta a la que se hace referencia es la de las acciones formativas con compromiso de contratación; las acciones formativas incluidas en la oferta preferente del Servicio Extremeño Público de Empleo y dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados; y la realización de planes formativos dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados por las entidades y centros de formación acreditados.
Respecto a las becas, podrán ser percibidas por personas desempleadas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%, siempre y cuando carezcan de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
Por otra parte, los trabajadores desempleados que utilicen la red de transportes públicos urbanos para asistir a la formación, tendrán derecho a percibir una ayuda por dicho concepto, debiendo aportar los billetes de transporte de los días de asistencia para su justificación.
Asimismo, se tendrá derecho a la ayuda de manutención cuando el horario de impartición sea de mañana y tarde y la distancia entre la localidad de residencia y de impartición diste más de 20 kilómetros.
Por último, se tendrá derecho a la ayuda por alojamiento y manutención cuando la distancia entre la localidad de residencia y de impartición diste más de 60 kilómetros y, por la red de transportes existente, los desplazamientos no puedan efectuarse diariamente antes y después de las clases.