El Consejo de Gobierno aprobó el decreto por el que se crea la Red de Trasplantes de Extremadura y el sistema de información del mismo, así como el establecimiento de los requisitos que deberán cumplir los centros sanitarios para poder ser autorizados como centros de detección de donantes de órganos, tejidos y células.
Sus disposiciones serán de aplicación a todas las personas, centros y servicios sanitarios que integran dicha red y que desarrollan actividades relacionadas con la obtención y utilización clínica con fines terapéuticos de órganos, tejidos y células de origen humano en el ámbito territorial de Extremadura.
La Red de Trasplantes de Extremadura, que colaborará con la Organización Nacional de Trasplantes en el cumplimiento de los fines de ésta, es el conjunto de recursos sanitarios, materiales y humanos implicados en el proceso de donación y trasplantes, con fines terapéuticos, de órganos, tejidos y células de origen humano.
De acuerdo con el decreto, la Red de Trasplantes de Extremadura está integrada por los siguientes órganos y centros:
En primer lugar, como órgano superior de la Red, actuará la Unidad Autonómica de Coordinación de Trasplantes, formada a su vez por el Coordinador Autonómico de Trasplantes y por un Adjunto al Coordinador Autonómico de Trasplantes.
En segundo lugar, y como órganos de apoyo a la Red, estarán los Equipos de Coordinación Hospitalaria de Trasplantes y las Comisiones Hospitalarias de Trasplantes.
En tercer lugar, formarán parte de la Red los centros y servicios públicos y privados autorizados para realizar procedimientos relacionados con el proceso de donación y trasplante de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos, incluidos los establecimientos de tejidos.
La Comunidad Autónoma de Extremadura contará con la Comisión Regional de Trasplantes de Extremadura como órgano de asesoramiento y propuesta.