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ATME vuelve a reclamar el suministro gratuito de mascarillas sanitarias al personal militar

ESPAÑA
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La publicación el pasado sábado, 25 de julio, de la “Instrucción 43/2020,
de 24 de julio, de la Subsecretaria de Defensa, por la que se establece el Sistema
de Respuesta Temprana ante el COVID-19, en situación de nueva normalidad,
en el ámbito del Ministerio de Defensa”, ha supuesto la obligatoriedad del uso de
mascarillas sanitarias en todos los espacios abiertos y cerrados de los recintos
militares. Esta medida, viene a generalizar lo que ya se estaba estableciendo
paulatinamente en las bases y acuartelamientos que se encontraban en las
comunidades autónomas que ya habían decretado el uso de la mascarilla como
obligatoria en espacios públicos abiertos y cerrados, con independencia de la
distancia interpersonal.

Según ATME, » Esta obligación de trabajar en todo momento con mascarilla no ha
supuesto, como podría ser lógico, la obligación del empleador, en este caso la
administración, de suministrar el material de protección necesario y suficiente a
sus trabajadores, tal como establece Real Decreto 1755/2007, de 28 de
diciembre, de prevención de riesgos laborales del personal militar de las Fuerzas
Armadas y de la organización de los servicios de prevención del Ministerio de
Defensa, donde estipula, en su “Artículo 4. Derecho a la protección frente a los
riesgos laborales”, que el militar tiene derecho a que se adopten las medidas
necesarias para la eliminación o, en su caso, disminución de los riesgos.
Es más, existen acuartelamientos, como el de “Sangenis” (Zaragoza),
donde se ha remitido por escrito a las unidades ubicadas en él la orden de que
será el militar quien deberá hacer uso de una mascarilla propia (no asignada por
la Unidad) de cualquier tipo, preferentemente higiénica o quirúrgica, siendo
responsabilidad individual acudir a su puesto de trabajo con ella.»

El artículo 4 del Real Decreto 1755/2007
establece que el Ministerio de Defensa tiene la obligación de actuar conforme a
los principios recogidos en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales,
uno de los cuales es que “El coste de las medidas relativas a la seguridad y la
salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores”.

En base a todo ello, la Asociación de Tropa y Marinería Española “ATME”
ha vuelto a reiterar la propuesta, ya presentada ante la ministra de Defensa en
el Pleno Extraordinario sobre el COVID 19 del Consejo de Personal de las
Fuerzas Armadas, para que se suministre al personal militar mascarillas
sanitarias de manera urgente y con la periodicidad sanitaria aconsejable.
Debemos recordar que, en este momento, solo se está suministrando
mascarillas, con carácter general, al personal que entra de servicio de seguridad

en las bases y acuartelamientos y, en algunas unidades, una a la semana como
máximo.

Asimismo, se ha trasladado una batería de preguntas al ministerio sobre
la existencia de algún proyecto de Plan para el suministro de mascarillas, si se
está proporcionando a los trabajadores vulnerables mascarillas FFP2 y si existe
alguna norma en las Fuerzas Armadas donde se ordene llevar mascarillas de
determinados colores o forma para poder mantener una “uniformidad” en las
unidades, así como en caso de existir quien está pagando el citado material.


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