El instructor ha sobreseído libremente la causa respecto a Francisco Javier Barbancho respecto al delito de prevaricación administrativa, por «no existir indicios racionales de criminalidad» contra aludido acusado.
Asimismo, ha acordado, de oficio, el sobreseimiento libre de la causa respecto a las acusadas María Victoria Domínguez Paredes y Mónica García Díaz en relación al delito de prevaricación administrativa también por «no existir indicios racionales de criminalidad» contra ellas.
De igual forma, en un auto de 49 páginas recogido por Europa Press, el TSJEx ha denegado la solicitud de apertura del juicio oral, ante dicho tribunal, formulada por las acusaciones contra los inculpados Elia María Blanco, exalcaldesa de Plasencia; y los exconcejales Francisco Javier Barbancho, María Victoria Domínguez Paredes y Mónica García Díaz.
Cabe destacar igualmente que se ha declarado la prescripción del delito relativo a la omisión del deber de promover la persecución de hechos delictivos respecto a los cuatro acusados en cuestión, exalcaldesa y exconcejales.
DEVOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO AL JUZGADO DE PLASENCIA
En el auto, el instructor ha acordado también devolver el procedimiento original al Juzgado de Instrucción número 1 de Plasencia para que continúe la instrucción de la causa con «libertad de criterio y arreglo a derecho».
Por si los hechos a que la misma se contrae, según recoge, fueran constitutivos de un delito de «prevaricación administrativa omisiva» respecto a la acusada Elia María Blanco, o contra cualesquiera otras personas, «si hubiera indicios y motivo para ello y sin limitación alguna que derive de los plazos acotados que, en su momento, dispuso la Sala Civil y Penal del TSJEx, por razones de conexidad y aforamiento».
También se han declarado de oficio las costas y se ha ordenado quedar sin efecto cualquier medida cautelar que hubiera podido haber sido adoptada respecto a la situación personal o patrimonial de los acusados María Victoria Domínguez, Mónica García y Francisco Javier Barbancho.
Contra la presente resolución cabe recurso de apelación para ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, a interponer ante el instructor, en el plazo de cinco días, mediante escrito firmado por abogado y procurador, en el que se expondrán los motivos del recurso.