nueva normalidad

Decreto ley que establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas adoptadas a causa de la Covid 19

EXTREMADURAVECINOS
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A propósito de este decreto ley por el que se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas adoptadas a causa de la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, el vicepresidente segundo ha señalado que esta norma “nace del aprendizaje”, ya que, ha dicho, ni la Ley de Salud Pública de ámbito nacional ni la autonómica estaban previstas para situaciones de riesgo colectivo como el que se ha vivido durante los últimos meses.

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Por ello, ha indicado, las medidas adoptadas en el decreto ley suponen una modificación parcial de la Ley de Salud Pública de Extremadura del año 2011 y servirá ya “para cualquier crisis epidémica que se pueda desarrollar en la Comunidad Autónoma».

El decreto ley contempla un régimen sancionador que será aplicable cuando se incumplan las recomendaciones de las autoridades sanitarias con el objetivo de contener la pandemia, según ha explicado Vergeles.

Entre otros aspectos, se considerará a los profesionales sanitarios y de la salud pública como agentes de la autoridad y se contará con la participación de  las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, pero no solo del Estado, sino también los cuerpos de Policía Local, cuya labor tendrá especial importancia.

Las infracciones, según ha detallado Vergeles, se clasifican en leves, graves y muy graves, atendiendo a los criterios de riesgo para la salud pública.

La comisión de las infracciones tipificadas en el decreto ley dará lugar a la imposición de las siguientes sanciones: en el supuesto de infracciones leves, multa de hasta 3.000 euros. En todo caso, la sanción por la falta de uso o uso inadecuado de la mascarilla será de 100 euros. En el caso de las infracciones graves, multa de 3.000 hasta 60.000 euros, y, en el caso de infracciones muy graves, multa de 60.000 hasta 600.000 euros.

El decreto ley se refiere también a otras cuestiones como los aforos, el deber del aislamiento de  las cuarentenas, de otras medidas de protección como la higiene, y de la permisividad de los dueños, gestores o titulares de establecimientos de hostelería y ocio sobre el incumplimiento de las medidas.

Asimismo, se podrán imponer sanciones accesorias como el cierre de un local si las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad comprueban que hay incumplimientos y que puede haber un riesgo muy importante para la Salud Pública.

Asimismo, el Consejo de Gobierno celebrado este miércoles 22 de julio, ha decidido modificar el acuerdo por el que se establecen las medidas básicas de prevención en materia de salud pública aplicables en Extremadura tras la entrada en la situación de “nueva normalidad”.

Los aspectos más importantes, según ha explicado José María Vergeles,  son la adaptación de ese acuerdo al uso obligatorio de mascarillas, la apertura del aforo de los mercados al aire libre al cien por cien y la posibilidad de que, en poblaciones de menos de 5.000 habitantes, si así lo deciden las autoridades locales, se puedan organizar verbenas, pero de forma similar a actos culturales, es decir, con espacio abierto, aforo limitado, sin permitir el baile social, con un circuito entrada y salida, desinfección del lugar y la inclusión de todas las medidas de seguridad, como soluciones hidroalcohólicas y uso de mascarillas.


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