El TSJ de Extremadura ratifica el auto que acuerda la demolición parcial del complejo Marina Isla de Valdecañas

El TSJEx rechaza el recurso contra la demolición parcial de la isla de Valdecañas

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Todo lo que se encuentra en estructura o no está terminado y en funcionamiento sigue en peligro de ser demolido, así lo ha dictaminado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), que ha desestimado los recursos interpuestos, entre ellos el del Gobierno regional.

Los recursos habían sido interpuestos por los ayuntamientos de El Gordo y Berrocalejo, la Junta de Extremadura y la entidad Marina Isla de Valdecañas S.A, contra el auto de 16 de septiembre de 2023 del TSJEex, en el que se acordaba que se continuase con la ejecución de los pronunciamientos que no han sido suspendidos por el Tribunal Constitucional, es decir, realizar la demolición de todo lo que se encuentra en estructura o no está terminado y en funcionamiento.

En la parte dispositiva, el auto detallaba que la Junta de Extremadura debe proceder a la demolición del segundo hotel planificado y el resto de las viviendas que se iban a construir. También las viviendas terminadas que sirven de oficina de la promotora y de piso piloto, salvo, en el caso de estas últimas, que por razones de colindancia pudieran afectar a la seguridad de otras viviendas.

Asimismo, se acordaba la revegetación de las plataformas existentes que no han sido urbanizadas, con la eliminación de estas plataformas y los residuos que aparecen en ellas.

Las organizaciones conservacionistas Adenex y Ecologistas en Acción de Extremadura iniciaron hace más de quince años un proceso administrativo y judicial en contra de la urbanización Marina Isla de Valdecañas, al considerar que había sido levantada en una zona Red Natura 2000, un espacio teóricamente protegido y no urbanizable.

Desde entonces, sobre el complejo turístico, ubicado en los términos municipales de El Gordo y Berrocalejo (Cáceres), pesan ya varias sentencias judiciales, que declaran la nulidad del Proyecto de Interés Regional (PIR) aprobado por la Junta en 2007 y que permitió la recalificación de los terrenos para la construcción.

Ahora, la Sala condena además a las partes a abonar cada uno de ellos el importe de 250 euros a favor de Ecologistas en Acción y ADENEX.

La Sala incide en que no existen argumentos jurídicos para suspender la demolición de lo que el Tribunal Constitucional no ha suspendido tal y como refleja en el auto del 16 de septiembre.

Vía COPE


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