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¿Fase 2 para La Haba, Cabeza del Buey y Casar de Cáceres para contener los brotes?

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La Junta solicita a la autoridad judicial medidas para contener los brotes en La Haba, Cabeza del Buey y Casar de Cáceres.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha autorizado este miércoles solicitar a la autoridad judicial la adopción de medidas de intervención administrativa de carácter específico y temporal para la contención del brote epidémico de la COVID-19 en los municipios de La Haba, Cabeza del Buey y Casar de Cáceres.

Esas medidas se refieren exclusivamente a la reducción de aforos. Hay libertad de circulación de las personas por lo que los habitantes de dichas localidades podrán moverse sin restricciones adicionales y sin limitaciones en materia educativa.

La reducción de los aforos es la siguiente: reuniones de hasta diez personas; apertura de hostelería al 40 por ciento del aforo; máximo de 100 personas al aire libre o 50 en espacios cerrados; el aforo del pequeño comercio queda limitado al 40 por ciento; limitación de mercadillos a un tercio de los puestos y aforo limitado al 30 por ciento en los espacios comunes de los centros comerciales.

Además, en lugares de culto se limita el aforo al 50 por ciento; en los velatorios se permiten 25 personas al aire libre o 15 en espacios cerrados; en los hoteles la apertura de zonas comunes se limita al 33 por ciento del aforo; cines, teatros y salas de conciertos al 33 por ciento de su aforo y las piscinas al 33 por ciento de su capacidad.


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