La sentencia nº 114/2019, instada por la Unión Federal de Policía,reconoce el derecho de toos los policías que prestan servicio en la modalidad de turnos rotatorios a percibir el importe de la compensación correspondiente durante el mes de vacaciones anuales
. La sentencia fue recurrida en casación por el Abogado del Estado y el Tribunal Supremo confirmó dicha sentencia. Con fecha 15 de septiembre de 2020, a Dirección General de la Policía reconoce lo siguiente:
1º. La pretensión de la UFP para que se abone a todos los funcionarios que realizan servicio en turnos rotatorios la gratificación correspondiente al mes de vacaciones.
2º. – El período completo reclamado por la UFP, es el siguiente:
- Para el año 2020: 2.009.317 Euros
- Para los años 2015 al 2019: 10.538.715 Euros
En definitiva, La Dirección General de la Policía, deberá pagar a todos los funcionarios afectados, la cantidad de 12.548.033 euros en ejecución de la sentencia promovida por la Unión Federal de Policía, reconociendo así, que el pago por realizar servicio a turnos, no es una gratificación, si no un complemento retributivo y, por lo tanto, se debe seguir abonando durante las vacaciones anuales.
En un comunicado se insta a la DGP a hacer efectivo ese pago, a la mayor brevedad posible para restituir así una injusticia que se venía produciendo desde el año 2016.