El TSJ de Extremadura ratifica el auto que acuerda la demolición parcial del complejo Marina Isla de Valdecañas

La Junta interpondrá un recurso de reposición al auto del TSJEx que insta a elaborar un plan de acción para la demolición de Marina Isla de Valdecañas

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La Junta de Extremadura interpondrá esta semana un recurso de reposición al auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), que insta a la elaboración de un plan de acción para la demolición del complejo Marina Isla de Valdecañas, al entender que hay elementos que no se ajustan a derecho.

Así lo ha avanzado el Letrado General, José Manuel Jover, en su comparecencia en la Comisión de Administración Pública, celebrada este martes para valorar la sentencia del Tribunal Supremo (TS) sobre el citado proyecto.

En referencia a dicha sentencia del TS, el Letrado General ha asegurado que la Junta de Extremadura la acata sin ningún tipo de reservas y entiende que el Estado de Derecho no se agota en el ejercicio de la función jurisdiccional, sino que alcanza a otras instancias judiciales e incluye la interposición de recursos.

En este sentido, ha resaltado que el actual proceso judicial es un pleito con una relevancia que transciende a lo meramente procesal y entronca con otras iniciativas del Estado de Derecho, como la lucha contra la despoblación en Extremadura.

Jover ha asegurado que el Ejecutivo regional ya ha interpuesto un incidente de nulidad ante la Sala Tercera del tribunal, con base en que la sentencia vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva.

Asimismo, Jover ha avanzado que, a resultas de la resolución del incidente, se interpondrá un recurso de amparo al Tribunal Constitucional, ya que la Abogacía General cuenta con una petición expresa del Gobierno autonómico de ejecutar cuantas acciones existan en nuestro Estado de Derecho.

La Junta de Extremadura entiende, ha proseguido el Letrado General, que existe un contrasentido respecto al principio de tutela judicial efectiva y ha asegurado que en ningún caso se ha puesto en duda la legalidad ambiental del proyecto, avalada con informes propios, externos e incluso por el informe de la pericial en el incidente de ejecución, ni se ha determinado la existencia de un perjuicio ambiental.

La cuestión que se dirime es, a su juicio, la interpretación de la legalidad urbanística respecto a la normativa nacional y que la mera aplicación de la ley de suelo estatal prevalece sobre lo que va a proteger, es decir, que conllevará que el bien jurídico a defender no va a resultar protegido.

El Letrado General ha mantenido que cuando la UE dice que Marina Isla de Valdecañas no tiene un problema ambiental lo dice expresamente, cuando se aprobó el Proyecto de Interés Regional (PIR) fue con todos los informes y alegaciones favorables, incluidas las de las dos asociaciones recurrentes, cuando se aprobó la ley de la Asamblea de homologación del PIR se hizo con una mayoría legítima y favorable, y al hilo de esa legislación se aprobó.

Y ha añadido que no fue hasta 2019 cuando el Constitucional dijo que, en contra de lo que habían entendido toda la doctrina jurídica de España, la legislación del suelo es absoluta e inmodificable, una sentencia que incorpora un voto particular.

Por todo ello, Jover ha defendido que la cuestión a dirimir no supone un problema ambiental, sino que hay una contraposición entre desarrollo sostenible y solución conciliadora de intereses. Y que la resolución debe pasar por armonizar la protección del medioambiente con el desarrollo sostenible, cuestiones ambas que pueden compatibilizarse.


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