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Las claves de la Ley del Aborto: Se podrá abortar sin permiso desde los 16 años, píldora gratuita y bajas por regla

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El Gobierno de España ha aprobado este martes 30 de agosto, en el Consejo de Ministros, la reforma de la Ley del aborto impulsada por el Ministerio de Igualdad en la que, entre otras medidas, se permitirá abortar sin permiso parental a las menores de 16 y 17 años, se recoge el acceso gratuito a la píldora del día después o se establecen las bajas por menstruación dolorosa.

Esta norma vio la luz verde del Ejecutivo en el mes de mayo y, tras recibir los informes preceptivos de la Fiscalía, CGPJ y Consejo de Estado, así como las aportaciones de otros ministerios, regresa al Consejo de Ministros para culminar esta primera fase de su tramitación, antes de pasar al Parlamento.

Entre los puntos más destacados de esta reforma está la medida que permite a menores a partir de los 16 años poder interrumpir su embarazo de forma voluntaria sin el permiso de sus progenitores; además, elimina los tres días obligatorios de reflexión e incluye una baja incapacitante por interrupción voluntaria del embarazo, además de un servicios de asistencia y acompañamiento integral y especializada.

Del mismo modo, garantiza la objeción de conciencia, que se regula del mismo modo que en la Ley de Eutanasia para garantizar que siempre habrá personal disponible para la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Además, la norma recoge que quien se declare objetor, será de aplicación en la sanidad pública y privada, es decir, no podrá realizar abortos en la red privada.

Entre las medidas que recoge esta norma está también que los centros de salud y centros servicios de salud sexual y reproductiva despacharán la píldora del día después de forma gratuita.

La reforma de la ley del aborto también trata la conocida como pobreza menstrual. Así, las píldoras anticonceptivas de última generación volverán a estar cubiertas por la Seguridad Social y se promoverán los métodos de anticoncepción masculina.

Por otra parte, esta ley dedica un apartado a los derechos relativos a la salud menstrual de las mujeres en todas las etapas de la vida que incluye la baja específica para las mujeres que tengan reglas muy dolorosas e incapacitantes, y que en los institutos, prisiones, centros de la mujer, centros cívicos o centros sociales se repartan gratuitamente productos de salud menstrual, como tampones, compresas o copa menstrual con el objetivo de acabar con la pobreza menstrual.

También se recoge el reparto de forma gratuita de métodos anticonceptivos en centros educativos vinculado a campañas sobre educación sexual.

La nueva norma incluye medidas para fomentar las buenas prácticas en todas las etapas del embarazo, especialmente, en el parto y en el postparto, entre ellas, la incorporación de una baja preparto desde la semana 39 de gestación, que no consumirá ningún día del permiso de maternidad.

Así, finalmente no se recoge una bajada del IVA de los productos para la regla (compresas, tampones, copas…), que ahora tienen un recargo del 10 %.

Asimismo, la norma no perseguirá a las parejas que recurran a la gestación subrogada en el extranjero, aunque sí la reconocerá como «violencia reproductiva». De este modo, incluye la persecución administrativa de las agencias que la promocionan, ya que esta práctica es ilegal en el Estado español.

En ese sentido, también define como violencia contra las mujeres la esterilización forzosa para las mujeres con discapacidad o el embarazo y aborto forzoso.

Vía EITB


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