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Los contribuyentes podrían reclamar hasta 17 millones de plusvalía municipal pagada de más en Extremadura

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Los ayuntamientos extremeños tendrán que afrontar ahora otra nueva oleada de demandas al haber aplicado erróneamente la fórmula de cálculo para determinar la base imponible del impuesto de la plusvalía municipal cuando se produce una transmisión de un bien de naturaleza urbana (viviendas, plazas de garaje, locales comerciales, fincas en suelo urbano, etc).

No estamos hablando de los casos sin incremento de valor del bien, sobre lo que ya se pronunció el Tribunal Constitucional y dijo que no era aplicable este impuesto, es decir, que se puede recuperar íntegramente lo pagado, sino en todos los casos, con incremento de valor del inmueble o sin él, pues la fórmula aplicada para calcular el impuesto es errónea, tal y como está reconociendo la justicia en cada vez más sentencias.

Los tribunales ya están reconociéndolo y los afectados empiezan a reclamarlo pudiendo recuperar hasta un 37.5% del impuesto (en función de las características del inmueble y los años de tenencia del mismo), lo que supone unos cuantos miles de euros a devolver. Las cifras en juego no son desdeñables: desde el año 2013 según cálculos de reclamador.es, las arcas de los consistorios en España han ingresado más de 3.000 millones de euros de más a costa de los contribuyentes por este motivo. Estaríamos hablando en Extremadura de 17 millones de euros cobrados de más al no calcular la base imponible de manera correcta con arreglo a una fórmula matemática que permita calcular el incremento real de valor experimentado por el bien durante su tenencia, tal y como exige expresamente la Ley que regula este impuesto.

Según estima la compañía online líder en reclamaciones en España en los últimos 48 meses, que es el período reclamable, 95.688 fincas urbanas transmitidas en Extremadura estarían afectadas por la mala praxis de los ayuntamientos en la fijación de la base imponible de este impuesto que puede ser, según cada consistorio y el número de años de tenencia del inmueble, hasta un 37,5% más del importe legalmente establecido.


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