Los Cronistas oficiales de Extremadura celebrarán su VI asamblea en Tornavacas

El pasado mes de abril la junta directiva del colectivo se reunió en Segura de León (Badajoz) para tratar, entre otros temas de interés, la creación de un boletín informativo y la preparación de la sexta asamblea general de la asociación.

La misma tendrá lugar el 10 de junio en Tornavacas y a ella asistirán diferentes miembros de la Junta de Extremadura.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicó en diciembre de 2016 la Ley 10/2016, de 12 de diciembre, de modificación de la Ley 9/2015, de 31 de marzo, por la que se regula la figura y funciones de los Cronistas Oficiales de Extremadura.

El Consejo de Gobierno manifestó el 22 de noviembre su conformidad respecto a la tramitación de una propuesta de ley de modificación de la ley por la que se regulan la figura y funciones de los cronistas oficiales.

La propuesta ha sido formulada, de manera conjunta, por los Grupos Parlamentarios del PSOE, PP, Podemos y Ciudadanos.

Como recoge la Exposición de Motivos de la Ley 9/2015, la Constitución Española establece la obligación de los poderes públicos de promover y tutelar el acceso a la cultura de todos los ciudadanos, así como promover la ciencia y la investigación científica en beneficio del interés general.

En el artículo 1 de la referida ley se regula el nombramiento y el cese de los cronistas oficiales.

Con la modificación aprobada se procura dar mayor seguridad jurídica en caso de los ceses por parte de las corporaciones locales.

Así, los cronistas oficiales cesarán cuando concluya el periodo por el que fueron nombrados, por renuncia, fallecimiento y por revocación del mismo por la corporación municipal.

Este último caso se dará por algunas de las causas siguientes: enfermedad o incapacidad física o mental, que le impida ejercer el cargo, acreditada mediante resolución judicial o certificado facultativo; incumplimiento en el desempeño de sus funciones debidamente justificado (en el expediente que se incoe al efecto deber ser oído el cronista oficial).

Cualquier otra que pudiera dañar la buena imagen de la localidad; no obstante, en el expediente de revocación será oído el cronista oficial.