El cobro de una pensión es uno de los pilares del estado del bienestar en España, que actualmente cuenta con 10,08 millones de pensionistas en sus diferentes modalidades -jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad o en favor de familiares-. Las primeras de esta lista, las llamadas pensiones contributivas al estar vinculadas a un mínimo de cotización y a cumplir ciertos requisitos, llevan asociada su subida anual a la evolución del IPC, un sistema que busca garantizar el poder adquisitivo de esta parte de la población.
Para el próximo año, el Gobierno estima que este reajuste se sitúe definitivamente en el 4 %, un porcentaje exacto que se conocerá cuando finalice este mes, ya que se tomará como referencia el valor medio entre diciembre de 2022 y noviembre de 2023. También se actualizará el límite de ingresos para acceder al complemento a mínimos, una cantidad adicional al importe de la pensión cuando ésta no alcance el mínimo legal, y que podría beneficiar a cientos de miles de pensionistas.
Según los últimos datos disponibles en la web de la Seguridad Social, 919.565 personas reciben una prestación inferior a 700 euros al mes, teniendo establecido el mínimo en 743,30 euros mensuales para jubilados con cónyuge no a cargo. Son solo algunos de los que podrían solicitar este complemento, ya que también se aplica a otras pensiones como viudedad o incapacidad permanente.
Aumento de la pensión gracias al complemento El primer paso que debe dar la persona interesada es tener reconocida por la Seguridad Social una pensión contributiva que sea inferior al mínimo. Además, debe ser residente en España, salvo algunas excepciones, y no tener otros “ingresos adicionales significativos” provenientes de trabajo, inversiones, actividades empresariales o ganancias patrimoniales.
Actualmente, los ingresos están fijados en los 8.614 euros anuales para los pensionistas sin cónyuge a cargo o de 10.048 euros anuales en caso de tener cónyuge a cargo. En este próximo 2024 se prevé que estas cantidades también se revaloricen y estos límites se amplíen, permitiendo así que más pensionistas puedan acceder a este complemento.
Es importante recordar que este complemento no es vitalicio y está sujeto a revisión anual.»