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Mérida avanza en la modificación de las bonificaciones de tres impuestos

BADAJOZ
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Según la portavoz municipal, Carmen Yáñez, se ha aprovechado la coyuntura de la petición de la empresa que quiere instalar la azucarera en Mérida para realizar «las modificaciones necesarias» que abran la posibilidad «de que vengan más empresas a la ciudad y se cree empleo», «dos objetivos prioritarios» del Gobierno local.

El alcalde de Mérida, Antonio Rodríguez Osuna, ya avanzó a principios de mes que cuenta con el apoyo del PP para modificar la ordenanza fiscal y eximir del 95 % de los impuestos municipales a la empresa azucarera que estudia implantarse en la ciudad, con una inversión que podría alcanzar los 400 millones de euros y la generación de unos 200 puestos de trabajo directos.

Con los cambios introducidos por el Ayuntamiento, la empresa obtendría la bonificación máxima que permite la ley, del 95 %, en los tres impuestos: Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICO); el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI); y el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).

Además de la inversión de la obra, para estas bonificaciones se tendrá en cuenta el mantenimiento o la creación de empleo, todo ello ajustado a unos tramos.

La portavoz ha puesto como ejemplo el caso del ICIO en el que «para una inversión material de 50 millones de euros, se aplica un 50 % de bonificación siempre que durante la construcción de las edificaciones se mantengan 25 puestos de trabajo».

Para ello, será necesaria, de manera previa, preceptiva y obligatoria la declaración de Utilidad Pública o de Interés Social al proyecto que debe aprobar el Pleno Municipal y siempre destinadas a la creación de empleo.

En el caso de la licencia urbanística se toma como base el presupuesto de ejecución de la obra y se le aplica el 0,76 %, siendo el presupuesto máximo para la aplicación 10 millones de euros.

Una vez aprobadas las modificaciones por la Junta de Gobierno, se informará a la Comisión de Hacienda y, posteriormente, se elevaran al Pleno municipal, tras el cual se abre un periodo de exposición pública de 30 días hábiles para la presentación de alegaciones.

En caso de que haya alegaciones, se vuelve a llevar a Pleno para que las apruebe o las rechace. Si no las hubiera, entrarían en vigor tras el periodo de exposición.


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