Extremadura.- El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este viernes la Orden de 22 de julio de 2024, que aprueba la nueva Orden General de Vedas de Caza de Extremadura y modifica la Orden de 29 de mayo de 2023 sobre los modelos oficiales de planes técnicos de caza.
Esta normativa establece las especies cinegéticas que podrán ser cazadas esta temporada, los medios y modalidades permitidas, las épocas y períodos hábiles de caza según las distintas especies, así como las limitaciones generales y medidas de control en beneficio de las especies cinegéticas, según ha informado la Junta de Extremadura en una nota de prensa.
Principales Novedades
La principal novedad de esta Orden General de Vedas es la determinación de las épocas en las que se entenderán comprendidos los periodos hábiles, que deberán fijarse cada temporada mediante resolución de la Dirección General competente. Además, se eliminan los partes de resultados de media veda, montería, batida y gancho, así como los de acciones por daños, simplificando así la documentación que deben presentar los titulares de cotos, quienes solo deberán entregar el parte global de la temporada.
Otra novedad es la regulación de los dispositivos de visión nocturna, con el objetivo de aclarar las múltiples dudas existentes sobre su uso.
Cuota Cero para la Tórtola
En cuanto a la tórtola, se mantiene la ‘cuota cero’ como cupo de captura, establecida mediante la Resolución de 1 de julio de 2021 de la Dirección General de Política Forestal, que adopta los principios del mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola europea en los cotos de Extremadura.
Nuevos Modelos de Planes Técnicos de Caza
Finalmente, se han aprobado los nuevos modelos de planes técnicos de caza, que se incluyen como Anexos II y III de la Orden.