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Tráfico recuerda que mantener el coche a punto te puede salvar la vida

La DGT llevará a cabo esta semana una campaña de vigilancia y
control del correcto mantenimiento del vehículo en la que se
comprobarán neumáticos, alumbrado, ITV…

 La antigüedad del vehículo duplica el riesgo de fallecer o resultar
herido grave en caso de accidente por lo que el mantenimiento
adecuado de los elementos de seguridad es un aliado para
combatir la siniestralidad.
 La DGT ha publicado una Instrucción para gestionar la
destrucción y descontaminación de los más de 20.000 vehículos
que se presumen actualmente abandonados por sus titulares en
recintos privados y aparcamientos públicos.

La Dirección General de Tráfico pone en marcha
esta semana una campaña dedicada a la vigilancia de las condiciones de
seguridad de los vehículos que circulan por las carreteras.
Tal y como refleja la Estrategia Española de Seguridad Vial 2030, que
identifica como un área estratégica los vehículos seguros y conectados, está
demostrado que la antigüedad del vehículo supone un factor de riesgo en un
accidente de tráfico: el riesgo de fallecer o resultar herido grave duplica, en
caso de accidente, para los ocupantes que viajan en vehículos de 10 a 15
años de antigüedad, respecto a los ocupantes de vehículos de antigüedad
inferior a 5 años.
En las vías interurbanas en el año 2021, en el caso de turismos y
furgonetas, la antigüedad media de los vehículos implicados en accidentes
mortales fue de 13 años para los turismos y de 10,8 para las furgonetas,
mientras que, si tenemos en cuenta aquellos vehículos en los que se
desplazaban las víctimas mortales, la antigüedad media sube a los 15,4 y
12,6, respectivamente.

Por este motivo, la Dirección General de Tráfico incluye en su calendario
anual de campañas la vigilancia del mantenimiento adecuado de todos los
elementos de seguridad del vehículo como actividad imprescindible para
combatir la siniestralidad.
La campaña, que se desarrollará desde hoy lunes hasta el domingo 16 de
octubre, se centrará en revisar el adecuado mantenimiento y puesta a punto
de neumáticos, frenos, luces y señalización y vigencia de ITV, entre otros
elementos.
VEHÍCULOS ABANDONADOS
Cada año, aproximadamente 50.000 vehículos son abandonados por sus
titulares en las vías públicas y aproximadamente 6.000 en talleres,
depósitos y aparcamientos públicos.
Con la nueva interpretación del artículo 106 de la Ley de Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, la DGT establece un procedimiento
administrativo ágil para que los vehículos abandonados en recintos privados
puedan llevarse a un centro autorizado de tratamiento de vehículos para su
desguace y descontaminación.
Se estima que en la actualidad puede haber 20.000 vehículos abandonados
en recintos tales como aparcamientos de centros comerciales,
urbanizaciones privadas, garajes privados, comunidades de propietarios
aparcamientos de hoteles, etc. A partir de ahora los perjudicados ya no
tendrán que acudir a la vía civil y podrán acogerse a este procedimiento
administrativo más ágil.
Por ello, con el objetivo de dar respuesta a la demanda de empresas,
ciudadanos y diversas Administraciones públicas que se encuentran con
vehículos en esta situación, la DGT ha publicado una Instrucción para
gestionar su destrucción y descontaminación. En ella se desarrolla el
artículo de 106 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y
Seguridad Vial, recogiendo los supuestos previstos anteriormente en la LSV
y ampliándolos con otros nuevos, especialmente el del abandono en
recintos privados que no estaba contemplado, de manera que la
Administración competente pueda ordenar el traslado del vehículo a un
centro autorizado de tratamiento de vehículos para su posterior destrucción
y descontaminación.

Con anterioridad a la orden de traslado del vehículo, la Administración
deberá requerir al titular del mismo para advertirle que, si en el plazo de un
mes no lo retira de donde se encuentre estacionado, se procederá al
traslado a un centro autorizado de tratamiento de vehículos.
En el caso de que el vehículo objeto de tratamiento residual por abandono
se encuentre aún en condiciones para un uso ordinario, la Instrucción
establece la posibilidad de que la autoridad competente sustituya el
tratamiento residual por su adjudicación a los servicios de vigilancia del
tráfico, previa autorización del Jefe Provincial de Tráfico.
La Instrucción contempla igualmente tanto las acciones a desarrollar como
las obligaciones que se deben cumplir en caso de que el abandono del
vehículo se dé en aparcamientos públicos o recintos privados como, por
ejemplo, comunidades de propietarios, aparcamientos de supermercados,
centros comerciales, aeropuertos, talleres… y éste no se encuentre ni
averiado ni accidentado. Para evitar un mal uso de esta figura, la Instrucción
prevé un refuerzo en cuanto a la exigencia de documentación que deberá
aportar el solicitante en caso de recintos privados (certificado del
administrador, acta notarial, fotografías…).