Las donaciones no están sujetas a retenciones fiscales
Este año la Gran Recogida de Alimentos organizada por la Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL) ha renunciado a la recogida física de alimentos y se ha optado por la donación económica en caja para asegurar así las medidas sanitarias. En el desarrollo de la campaña se ha producido una polémica en cuanto al pago del Impuesto de Valor Añadido (IVA) en las donaciones.
FESBAL, organización que coordina los 54 Bancos de Alimentos del país, ha aclarado en un comunicado que no se han producido duplicaciones en el pago de IVA en las donaciones en algunos supermercados. Asimismo, informa de que las donaciones realizadas no están sujetas a retenciones fiscales. Aunque no se apliquen impuestos a las donaciones, en el momento en que los Bancos de Alimentos realicen la compra con el importe recaudado sí se les aplicará el 10% del Impuesto de Valor Añadido (IVA) correspondiente.
La confusión se ha producido debido a que la cadena de supermercados LIDL ha optado por una fórmula diferente al resto de marcas. LIDL cobra el IVA por adelantado en el momento de hacer la donación, lo que significa que cuando el Banco de Alimentos realice la compra en el establecimiento no se cobrará a la Asociación ese IVA nuevamente.
La campaña ya ha acabado en los supermercados, pero sigue activa de forma online hasta el 13 de diciembre, las donaciones se pueden realizar a través de esta página web.