Funcion publica hacienda
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Tras sacrificar años de su vida entre cuatro paredes, aislamiento social y estrés constante por las arduas rutinas de estudio, así como vaivenes emocionales, en los últimos tiempos se viene produciendo una constante agravación de la situación de desamparo e injusticia de los opositores a los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, a diversos Cuerpos de la Administración General del Estado, a los cuerpos del Profesorado de distintos ámbitos y a otros de diversa índole de todos los ámbitos territoriales, local inclusive.

 

Las últimas reformas legislativas y el cariz de las iniciativas gubernamentales y las propuestas de los principales sindicatos, en relación a los sistemas de ingreso a la función pública, que se vienen –y vendrán, a buen seguro, en el futuro- aplicando a las convocatorias de procesos selectivos, han convertido el -ya de por sí- muy arduo camino del opositor del Turno Libre en un callejón sin salida; un agujero negro del que, tras años de invertir mucho tiempo, esfuerzo y dinero, no pueden salir.

 

En particular, habiendo nacido la iniciativa “Defensa Turno Libre” en su seno, si bien viene incorporando paulatinamente a opositores de otros ámbitos de actividad de la función pública, cabe reseñar que los aspirantes del Turno Libre a los Cuerpos Generales al Servicio de la Administración de Auxilio Judicial, que realizaron los exámenes los procesos selectivos correspondientes a la Oferta de Empleo Público (OEP) de 2017/2018, el día 17 de abril de 2021 pese a ser convocada en enero de 2020, a día de hoy dicha convocatoria sigue sin finalizar, retraso que no sólo puede achacarse a la situación pandémica. Nos situamos ante dos años de incertidumbre, demoras y desinformación por parte del Ministerio de Justicia y los sindicatos, que han marcado un punto negro en la historia de las Oposiciones de Justicia, haciendo evidente mella en los opositores.

 

Los procesos selectivos para los Cuerpos Generales de Justicia, no sólo se vienen convocando cada dos años, sino que las convocatorias en sí mismas se eternizan inexplicablemente en contraposición a otras oposiciones, sirviendo, a título de ejemplo, las relativas al ingreso en la Guardia Civil. La dejadez y desinformación por parte del Ministerio de Justicia y la indefensión y prácticamente nula representación del Turno Libre por parte de Sindicatos como CSIF, STAJ, SPJ y CCOO, tras la implantación del controvertido y desigual sistema de ingreso del concurso-oposición, han sido, entre otros factores, determinantes para agravar la situación de desamparo que viven actualmente los opositores de Justicia del Turno Libre. Además, dicho sistema de ingreso –el concurso-oposición, con las particulares características que viene presentando-, no sólo afecta al ámbito de Justicia, sino también a diversos procedimientos de la Administración General del Estado y a los aspirantes a los cuerpos de educación, entre otros.

 

En lo que respecta particularmente al acceso por el Turno Libre a los Cuerpos de Justicia, en otro orden, con la implantación del sistema del concurso-oposición en los procesos de estabilización de las OEP 2017/2018/2019 -los cuales son producto del requerimiento de la Unión Europea a España para reducir la tasa de temporalidad en las administraciones-, el Ministerio de Justicia viene facilitando, a nuestro juicio, descaradamente, el acceso del personal interino a la obtención de plazas como funcionarios de carrera, valorando como mérito precisamente los servicios prestados en la administración de forma desorbitada, en detrimento de las opciones de los opositores no interinos, que no han podido contar con tales puntos de experiencia profesional.

 

La implantación del sistema del concurso-oposición en las meritadas condiciones, ha dejado en la última convocatoria correspondiente a la OEP 2017/2018 –y que, muy probablemente, dejará en la referente a 2019- a cientos de opositores del turno libre, no interinos, con milimétricas opciones de optar a una plaza como funcionarios de carrera. Tras años de esfuerzo y preparación y aún logrando puntuaciones más que brillantes en fase de oposición, muchísimos aspirantes han visto cómo con más de un 90/100, al llegar la fase correspondiente al cómputo de méritos, se han quedado sin opciones de lograr su objetivo. La misma suerte, en vista a las lamentables cifras que dejan los procesos selectivos ya conclusos, correrán, muy probablemente, otros tantos aspirantes que han terminado ya sus exámenes con resultados que rozan la excelencia. En resumidas cuentas, el sistema del concurso-oposición establecido, y que tiene visos de mantenerse en el futuro en las convocatorias venideras, sitúa, a nuestro juicio, a los opositores no interinos en un situación de clarísima desventaja con respecto a aquellos que vienen prestando servicios en la Administración Pública como interinos, por supuesto con la anuencia de los sindicatos y de las diversas fuerzas políticas. Cabe recordar, las veces que sea necesario, que nuestra Carta Magna viene exigiendo –y articulando como derecho fundamental de los ciudadanos- el acceso a la función pública en condiciones de igualdad.

 

Lo cierto, es que la realidad del concurso-oposición, como herramienta por excelencia utilizada por el Ministerio de Justicia para disminuir la temporalidad en la administración, podría calificarse como muy ineficiente, a tales efectos. Resulta sencillo advertir que el plan hace aguas por todos lados. Por una parte, en esta última convocatoria han quedado plazas desiertas en el Cuerpo de Gestión Procesal en ciertos ámbitos, como por ejemplo en el territorio de Andalucía, y que deberán de cubrirse por personal interino. Por otra, se da la circunstancia de que hay candidatos que consiguen plaza en varios cuerpos y que han de tomar posesión efectiva en uno de los mismos, quedando vacías las plazas correspondientes a los restantes, siendo, por ende, susceptibles de ser cubiertas por personal temporal. ¿En qué medida contribuye la actual articulación del sistema a solucionar el problema de la temporalidad? En definitiva, por unas razones u otras, se sigue acudiendo a paliar las necesidades de personal mediante la interinidad, eso sí, a costa de las aspiraciones de tantos opositores.

 

Al hilo de lo anterior, de las pocas formas de conseguir méritos suficientes que permitan el acceso al funcionariado a los opositores no interinos –dada la actual desorbitada valoración de la experiencia-, destaca, precisamente, el trabajo como interinos. ¿Tal circunstancia contribuye a erradicar o atenuar las altas tasas de temporalidad? La respuesta es evidente. Además, ello nos lleva a mentar un obstáculo enorme más para los opositores del Turno Libre; el funcionamiento de las bolsas de interinos. En la Administración de Justicia, a título de ejemplo, cada territorio establece sus propios criterios que han de regir la selección de personal para las bolsas, con la disparidad que ello implica. Además, hemos asistido a la realidad de intervalos de apertura de varias de ellas de hasta una década. Por otra parte, es usual que la apertura de las bolsas no coincida con la celebración de los procesos selectivos y la consecuente llegada de las listas definitivas de aspirantes aprobados, lo cual dificulta sobremanera al aspirante justificar que ha aprobado y solicitar la inclusión en aquellas bolsas que tienen como requisito ineludible aprobar ciertos ejercicios. Esto mismo, a mayor abundamiento, ocurrió con la bolsa ordinaria de Andalucía, que abrió a principios de 2020 y aún no se ha resuelto. Ni qué decir tiene, para cerrar este punto, que efectuar llamamientos por parte de los Servicios Públicos de Empleo a candidatos para cubrir las necesidades de personal temporal en ciertas ocasiones, constituye una realidad insultante para tantos opositores que han aprobado con excelentes resultados y se han quedado sin plaza y sin poder trabajar.

 

Los problemas expuestos, tales como la periodicidad y plazos de las convocatorias, la configuración actual del sistema del concurso-oposición, la flagrante desventaja frente al personal interino, el funcionamiento de las bolsas, la pluralidad en las bases que regulan los diferentes ámbitos, la inexistencia de representación de opositores libres en las mesas de negociación, la indeterminada información respecto a los procesos de estabilización y falta de información generalizada y, en definitiva, todos aquellos otros derivados de ciertas decisiones adoptadas por los poderes públicos en materia de acceso a la función pública, unidos al sentimiento generalizado de nula representación sindical de los intereses de los opositores del turno libre, vienen a alimentar las reivindicaciones y el necesario nacimiento de “Defensa Turno Libre”. “Defensa Turno Libre” nace, en conclusión, como iniciativa que aglutina las reivindicaciones de los opositores y opositoras del turno libre y funcionarios de carrera, de todas las edades y circunstancias personales -tanto de Justicia, como de Educación, Administración General del Estado, otras a todos los niveles territoriales- que hoy por hoy y, lamentablemente, con indicios de continuidad, ven sus derechos y aspiraciones mermados, tras tantos años de esfuerzo.

 

Con motivo de la aprobación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, más de 3600 opositores y funcionarios de carrera se han aglutinado en la plataforma Defensa Turno Libre con la intención de movilizarse contra esta ley. La plataforma Defensa Turno Libre está coordinando movilizaciones por diferentes puntos del país que reunirán a opositores y funcionarios de carrera.

 

La posible inconstitucionalidad de estas decisiones podría vulnerar, a nuestro entender los artículos: 9.2, 23.2, 86,1 y 103 de la Constitución, así como el artículo 21.2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos  donde se recogen los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público. A nuestro juicio un concurso de méritos a todo aquel que ocupe un puesto temporal desde hace más de 5 años no cuenta con el requisito de excepcionalidad que rige el uso de este sistema de acceso, debiendo ser el sistema ordinario la oposición o el concurso- oposición, así mismo el acuerdo del Gobierno establece para quien no cumpla los requisitos un concurso-oposición con fase de oposición no eliminatoria lo que permitiría que personas suspensas, y que por ende no han demostrado capacidad, traspasarán con la acumulación de méritos por años trabajados a personas con amplios conocimientos y formación en la materia, convirtiendo de esta manera este sistema en otro concurso de méritos en la práctica y vetando de facto el acceso al empleo público a todo aquel que no hubiera trabajado antes en la administración.

 

Además, esto supondría un agravio comparativo y perjudicaría a los actuales funcionarios de carrera quienes una vez conseguida la plaza se ven obligados a trasladarse miles de kilómetros para ocupar su puesto de trabajo y esperar al oportuno concurso de traslados y a la obtención en el mismo de la puntuación necesaria para conseguir un puesto que facilite la conciliación, mientras que quienes accedan mediante esta funcionarización generalizada contarían con ventajas para obtener puestos de estas características sin haber aprobado (recordemos que en términos de oposición aprobar no implica necesariamente obtener un 5 sino pasar una nota de corte que marca el nivel de los mismos aspirantes),así como dificultaría para estos mismos funcionarios su derecho a la promoción interna la cual han tenido que labrarse en las mismas condiciones, creando un sistema de castas para acceder al derecho a la carrera profesional.

 

Por ello, desde esta plataforma abogamos por soluciones que aúnen las pretensiones de ambos colectivos, mediante unos procesos justos y equilibrados que garanticen que quien acceda al empleo público lo haga en los términos anteriormente descritos, mediante la figura del concurso-oposición en el cuál la fase de oposición tenga carácter eliminatorio y cuya nota de corte sea marcada por el nivel de los aspirantes, además de una fase de concurso en la que se reconozca el esfuerzo del funcionario interino y su experiencia pero que la falta de ella no sea determinante en aras de la incorporación del talento joven a la función pública, valor que promueve este Gobierno. Reconocemos que la temporalidad en el sector público es un problema que debe ser solucionado, pero exigimos que esta solución no merme los derechos de todos los ciudadanos a acceder de manera justa a un empleo público, y que garantice la calidad de los servicios públicos.

 

Por consiguiente, nos dirigimos a ustedes para pedirles que escuchen la otra cara del problema, la cara no visibilizada, la cara del opositor que estudia después de una jornada eterna en la empresa privada, con condiciones precarias para conseguir estabilidad, y la cara del funcionario que lleva años a miles de kilómetros de su familia y que ve cómo sus posibilidades de volver se esfuman por esta medida. Ellos ya han hablado, ahora nos toca a nosotros.

 


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Un comentario

  1. Completamente de acuerdo con todos los extremos expuestos. Quiero, además de lo injusto que resulta para jóvenes esforzados y bien formados, hacer hincapié en el hecho de las consecuencias que puede tener sobre el deterioro de la función pública. Resulta inconcebible que un aspirante a profesor de matemáticas no aprobara un examen de problemas y obtuviera plaza por servicios prestados, al no ser eliminatorio el examen. Resulta inconcebible que los méritos académicos, de formación o de investigación hayan sido «recortados» y sin embargo los servicios prestados sobredimensionados para de nuevo favorecer a interinos que no han hecho nada por mejorar su formación.
    Hay que recordar que la Función Pública se regula en España en el SXIX, superando la concepción de la burocracia como un patrimonio político del cual se podía disponer libremente, buscando la excelencia de los aspirantes a través de la capacidad y del mérito, aspectos que son imprescindibles a la hora de seleccionar a nuestros médicos, profesores, jueces, … y que están quedando desvirtuados, pervirtiendo la carrera administrativa al convertirla en algo manipulado y arbitrario.

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