La Comisión de Economía, Hacienda, Patrimonio y Especial de Cuentas del
Ayuntamiento de Cáceres ha dado el visto bueno al dictamen de aprobación
definitiva de la modificación de las
ordenanzas fiscales de utilización de piscinas e instalaciones deportivas;
recogida de residuos sólidos y servicio municipal del cementerio.
La aprobación del dictamen se produce tras
el periodo de exposición al público y el estudio de las alegaciones que se
habían presentado, desestimadas en base a los informes técnicos y jurídicos, y
tras el visto bueno del Consejo Económico y Social, que ha dictaminado la
modificación de las tres ordenanzas de manera favorable y por unanimidad.
El objetivo de estas actualizaciones en las
ordenanzas es el de adecuar los costes con el funcionamiento para un mejor
mantenimiento, ya que los servicios presentan un déficit importante por no
haber sufrido actualizaciones en los últimos años. Los tres dictámenes han
contado con el voto favorable del PP, el voto contrario del PSOE, mientras que
IU no ha asistido a la comisión.
Respecto a la modificación de la
Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por utilización de las piscinas e
instalaciones deportivas municipales, cabe recordar que, por primera vez, se
recoge la posibilidad de alquilar los pabellones de la ciudad para actividades
no deportivas, dependiendo los precios en función de lugar y tamaño.
Además, se han realizado ajustes en las diferentes tasas, en
función de los pabellones o las modalidades deportivas, después de un estudio
individualizado y pormenorizado, para organizar e igualar la utilización de las
instalaciones municipales, ya que existían casos en las que algunas tenían tasa
y otras no. A dicha ordenanza se había presentado una alegación que ha sido
desestimada.
Por su parte, la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de
recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de los mismos,
recoge diferentes cuotas bimestrales en función de las diferentes zonas de la
ciudad, así como en función del volumen y dificultad de eliminación de los
residuos.
Con esta actualización se pretende equilibrar el coste del
servicio, adoptándolo a la realidad, pero teniendo en cuenta siempre que se
trata de un servicio de primera necesidad, por lo que se establecen
bonificaciones del 50% sobre la cuota variable de viviendas destinadas a
domicilios de personas físicas.
Finalmente, la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora
de la Tasa por la prestación del Servicio Municipal de Cementerio y otros
Servicios Funerarios, una tasa que no había variado desde el año 1998 y que
necesitaba ajustarse a las circunstancias particulares en función de los
derechos funerarios.
La actualización afectará a los solicitantes de la concesión
de la autorización y, en su caso, los titulares de autorización concedida y
herencias yacentes, debido, según los informes de los técnicos municipales, a
la “insuficiencia realmente acusada para cubrir los costes del servicio” de las
tasas establecidas hasta ahora. A esta tasa se han
presentado dos alegaciones, de la UCE y de una aseguradora, ambas han sido
desestimadas por unanimidad.