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Ya se pueden solicitar las ayudas para la contratación de seguros agrarios

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El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado el decreto por el que se regulan las subvenciones para la contratación de seguros agrarios en determinadas producciones.

Este
decreto establece dos novedades respecto a los beneficiarios. La primera es que
podrán acceder a las subvenciones solamente los agricultores a título
principal; y la segunda es que las ayudas se pagarán una vez contratadas las
pólizas, y no como hasta ahora, que se anticipaba la subvención a Agroseguros.


Se subvencionarán las primas de
contratos de seguros agrarios combinados formalizados por personas titulares de
explotaciones agrarias de Extremadura entre el día 18 de junio del año 2012
hasta el 30 de junio del año 2013, ambos días incluidos, para el aseguramiento
de determinadas producciones agrícolas y pecuarias.


La cobertura es prácticamente total,
ya que entran subvenciones para cereza, tomate, melón, sandía, pimiento, tabaco,
explotaciones vitícolas, uva de mesa, olivar, arroz, maíz, maíz dulce, trigo
blando, trigo duro, cebada, avena, centeno, triticale, cacahuete, sequía en los
pastos aprovechados por el ganado en régimen extensivo y resto de líneas de
seguros pecuarios, a excepción de los seguros de retirada y destrucción de
animales muertos en la explotación, para pólizas contratadas a partir del día
18 de junio de 2012.


La subvención consistirá en el 35
por ciento del importe correspondiente a la subvención estatal que figure en la
póliza de contrato de seguro subvencionable, sin consideración de alteraciones
posteriores en concepto de coberturas o de capital. No se subvencionarán
cuantías inferiores a cien euros por póliza de seguro agrario subvencionable,
mientras que la cuantía máxima de ayuda por beneficiario no podrá superar los
7.500 euros.


Tendrán preferencia para la
obtención de las subvenciones, en primer lugar, los titulares de explotaciones
que tengan la calificación de explotación agraria prioritaria a fecha de 31 de diciembre
de 2012, y, en segundo lugar, los de menor cuantía de subvención solicitada.


El plazo de presentación de las
solicitudes será de quince días hábiles siguientes a la publicación de la orden
de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.


La solicitud de la subvención se
cumplimentará preferentemente a través de internet, en el portal oficial de la
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la
Junta de Extremadura, Agralia, a través de la iniciativa ARADO.


Las solicitudes normalizadas,
debidamente cumplimentadas, firmadas y acompañadas en su caso de la
documentación preceptiva, deberán ser dirigidas a la Dirección Generalde
Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Medio Ambiente y Energía.


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