La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía ha recordado que está prohibida la quema de rastrojos y pastos de cosecha durante todo el año.
A través de una nota de prensa, Agricultura ha informado de que durante la
época de peligro bajo de incendios, que empieza este lunes, se necesita
autorización para la quema de restos vegetales en montes, riberas y pastos
naturales; y para el resto de terrenos si están en una franja de 400 metros
junto a los terrenos forestales antes descritos.
La tramitación de las autorizaciones puede realizarse en los ayuntamientos,
y por vía telemática, en cuyo caso, pasados siete días sin que se haya
contestado por la Administración denegando la solicitud, ésta puede
considerarse autorizada. Este trámite puede realizarse en la página
http://extremambiente.gobex.es, donde además se encuentran disponibles los modelos
de solicitud.
Excepcionalmente por motivos fitosanitarios podrán quemarse, tanto en
terrenos de secano como de regadío, previo informe fitosanitario favorable de
la Consejería competente que deberá solicitarse con una antelación mínima de
quince días hábiles a la fecha prevista para la quema.