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Técnicos de Educación Infantil del Centro de Acogida de Menores “San Juan Bautista” de Badajoz denuncian la discriminación que sufren respecto a la jornada laboral

BADAJOZ
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La jornada media anual de estos trabajadores, adscritos al ámbito de la administración General de la Junta de Extremadura, supera en 82.5 horas anuales la de otros colectivos de esta administración autonómica con un mismo régimen de trabajo.

Los Técnicos de Educación infantil del Centro
de Acogida de Menores “San Juan Bautista” de Badajoz como trabajadores a turnos
(mañana – tarde – noche) en centros de 24 horas de
la Junta de Extremadura con
atención directa a colectivos humanos, en este caso menores, denuncian que su jornada
laboral se regula de forma sustancialmente distinta a la de
 otros colectivos que con unas mismas  condiciones de trabajo desarrollan su labor
en esta misma administración autonómica y en algún caso en la misma Consejería.
En este sentido nos encontramos con que un turno rotatorio estándar (42 noches
/ año trabajadas)
 establece una jornada
anual de 1615,5 horas anuales para trabajadores de
la Administración
General de la
Junta de Extremadura y de 1533 horas para trabajadores del
SES.


Esta situación prolongada en el tiempo, desde
Julio de 2013, se hace especialmente injusta porque se rompe con el compromiso
de equiparación de las condiciones de trabajo de los distintos colectivos que
se venía haciendo efectiva en los últimos años. En este caso concreto, la
administración autonómica había ratificado este compromiso en el marco de negociación
de la nueva Jornada de 37,5 horas con la pretensión de que esta se aplicara de forma
homogénea a todos sus trabajadores, cosa que hasta el momento no se ha llevado
a la práctica.


Es por ello que los TEI del CAM San Juan
Bautista Exigen que se proceda de forma urgente a solventar esta situación y
así lo demandan a los órganos 
competentes en materia de personal de la Junta de Extremadura
(Función Pública)  y de la propia
Consejería de Salud y Política Social en sendos escritos, registrados el
6/2/2014, sin que hasta el momento haya habido respuesta alguna.


La urgencia en la resolución de esta cuestión
viene determinada por la necesidad de tener cerrada la planilla anual, los
periodos de  vacaciones, etc. a 31 de
Marzo, tal y como establece el Convenio Colectivo vigente.

 


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