El Consejo de Gobierno aprueba el reglamento que regula la ley de reglamento de cargos públicos.

Un decreto que aprueba en un único reglamento los aspectos técnicos y procedimentales. Y que da un paso más en el control de la actividad pública y los deberes y responsabilidades de los cargos públicos.

[Img #41292]Según la Vicepresidenta y Portavoz del Gobierno de Extremadura, Cristina Teniente, esta ley junto a la del Gobierno abierto marca un «hito en la regeneración democrática», porque es un estatuto «pionero en España».

 

Y es que, según destacó, la política «no puede perder la credibilidad» y el primer paso es garantizar que los cargos públicos están «al servicio de los ciudadanos» y se tiene que «garantizar por ley», así, ya se ha limitado el mandato del Presidente a 8 años, se ha aprobado un régimen de incompatibilidades, y se han eliminado los privilegios. «Unas líneas maestras» que desarrollan esta ley y que «necesita un reglamento».

 

Este reglamento tiene por objeto regular el régimen de conflictos de intereses de los cargos públicos, la organización y funcionamiento del Registro de Conflictos de Intereses así como el régimen sancionador derivado de su incumplimiento, según ha informado la vicepresidenta del Gobierno de Extremadura, Cristina Teniente, en la rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno.

  

La aplicación de este reglamento afectará a los titulares de la Presidencia y de la Vicepresidencia del Gobierno de Extremadura, a los consejeros, secretarios generales, directores generales y equivalentes a ellos, así como a los directores de los gabinetes del presidente y de los demás miembros del Ejecutivo.

  

De igual forma, afecta al personal eventual, a los presidentes, directores generales, directores gerentes y asimilados de los organismos y entidades que configuran el sector público regional, así como a los presidentes, consejeros delegados y asimilados de las entidades, sociedades y fundaciones que configuran el sector público empresarial.

  

También al resto de cargos del sector público autonómico cuya designación sea efectuada mediante decreto o acuerdo del Consejo de Gobierno, siempre que exista remuneración por el desempeño de dichos cargos y al personal directivo público profesional en cualquiera de sus modalidades de relación administrativa o laboral.

 

ENSAYO CLÍNICO

 

Otro de los asuntos tratado en el Consejo de Gobierno ha sido el decreto que regula el procedimiento de los ensayos clínicos en el Servicio Extremeño de Salud. Esta modificación está motivada por la necesidad de incentivar e impulsar la investigación clínica en Extremadura en sus aspectos cuantitativos y cualitativos, realizando para ello los ajustes necesarios para dotar de un mayor atractivo a la actividad investigadora.

 

De este modo se incrementa, del 55% al 70%  por ciento, el margen de beneficio del personal que desarrolla la investigación clínica, situándolo en niveles similares a los del resto del territorio nacional.

 

Según Teniente, en 2014 se marcó «un hito» 150 nuevos estudios en investigación clínica, un paso más en la «imagen de región inteligente».