Tiene razón el Excelentísimo Señor Presidente de la Junta de Extremadura, Don Guillermo Fernández Vara en su apreciación con respecto a lo no necesario de modificación del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma para suspender el funcionamiento del Consejo Consultivo de Extremadura. Y digo bien con suspender, dado que el órgano como tal está legalmente establecido en una Ley Orgánica del Estado y no olvidemos que los Estatutos de Autonomía son eso y no otra cosa
Cuestión distinta es que la Ley que desarrolla ese mandato estatutario esté formulada y aprobada, o que se modifique, o que se derogue en parte o en su totalidad. Esta capacidad normativa de la Asamblea de Extremadura en nada obedece a otra cosa que el criterio político, al de oportunidad y al de capacidad presupuestaria. Es por ello que puede un Grupo Parlamentario proponer, sin modificar el Estatuto, la desaparición de la legislación que soporta el funcionamiento de cualquier departamento u órgano, consultivo como es el caso, motivando con ello su entrada en suspensión de funcionamiento y la desaparición y amortización de sus estructuras y medios materiales y humanos. Los medios materiales se venden en pública subasta y los medios humanos vuelven a la situación anterior a esta ocupación.
Es por ello que nos sorprende vivamente la carta del Señor Presidente del Consejo, Don Pedro Tomás Nevado de Batalla y Moreno, Doctor en Derecho y Profesor Titular de Derecho Administrativo que por su formación y capacidad tiene la obligación de conocer en profundidad y desde el mundo académico el fondo de la cuestión: Las disposiciones que implican una declaración de intenciones, Estatutarias o Constitucionales, no tienen mayor valor vinculante que el suyo en sí mismo si no se desarrollan normativamente que implique una repercusión administrativa y social. Incluso realizado lo anterior, si no se les dota de una asignación presupuestaria de nada sirven en la relación de causa efecto con los ciudadanos.
Es imperdonable este desliz de tan Profesor que tras patrocinar en las aulas universitarias de Salamanca a tan ilustres alumnos, como el Doctor Monago Terraza, pasó a la política con trayectoria ya conocida, si bien pudiese pasar que fuese lo contrario, que con un barniz académico se pretendiese hacer política desde un puesto institucional, la presidencia del Consejo Consultivo. Lamentable en ambos casos.
Si esto es imperdonable, es preocupante la argumentación sostenida respecto a la legitimidad de los parlamentarios autonómicos o de los miembros del Consejo para sostener sus posiciones. Todas son consecuencia del mismo mandato legal, el Estatuto de Autonomía, y todas son respetables. Que el mandato sea electoral y directo, caso de los diputados, o que el mandato sea por designación e indirecto, caso de los consejeros, en nada diferencia su legitimidad que en el supuesto máximo emana del pueblo extremeño, que se expresó en referéndum y de la soberanía nacional, al aprobar las Cortes Generales el Estatuto de Autonomía. No todos los cargos y responsabilidades, no todas las autoridades, son elegidas en votación directa por los ciudadanos, no lo son ni los jueces, ni los militares y nadie puede dudar por ello del origen democrático de su magistratura, dado que esta emana de una Ley y esa Ley ha sido aprobada por los representantes del pueblo. Es por ello que las manifestaciones relativas a la superior calidad de los electos y su capacidad para hacer o deshacer son peligrosísimas e incluso ajenas al Estado de Derecho. Invocar que se es diputado electo y que se está respaldado por un programa que han votado las gentes para quitar o poner el Consejo Consultivo, sin que medie mayor respeto al fondo y la forma de la Ley, es lo mismo, sin salvar distancia alguna, que pretenden hacer otros electos, con otros programas, para quitar y poner otras cosas en el Principado de Cataluña, que no se olvide.