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000. INSTRUCCIONES PARA AUTORES

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Instrucciones para la redacción de las notas e informes

 

Estas instrucciones son un conjunto de pautas para ayudar a los distintos autores en la configuración de sus artículos. Los trabajos deben tener la siguiente estructura formal:

 

  • Título, seguido del nombre del autor y sus datos académicos, en concreto, Grado, Máster o Doctorado del que se sea, o de los que sea poseedor, correo electrónico y teléfono.

 

  • Con cada artículo debe contener un resumen en Español y otro en Inglés de la máxima extensión de un folio (A4) con la expresión al final del mismo de un mínimo de tres y un máximo de cinco palabras de referencia.

 

  • Si se pretende incluir un sumario, este seguirá para la división temática interna el siguiente orden de rotulación: I. 1. A) a)

 

  • El primer epígrafe (I) siempre será una Introducción general y el último, las conclusiones.

 

  • Se requiere la citación americana, (APA) es decir que las referencias se deben de poner en el texto detrás de la cita entre paréntesis en el siguiente formato: apellido o apellidos del autor, inicial o iniciales del nombre del autor y año de la publicación, esto obligatoriamente; pudiendo poner el número de página de forma optativa.

 

  • La cita APA debe ir en negrita y el texto referenciado debe constituir un párrafo independiente, entre dos puntos y aparte, del resto del cuerpo del artículo.

 

  • Para publicaciones con más de un autor se cita a todos ellos, intercalando la preposición latina “et” entre los tres autores solamente se nombra al primer autor.

 

  • Si se cita más de una publicación de un autor del mismo año, las diferentes publicaciones deben ser diferenciadas con la mención en la cita del título de la obra, que seguirá al año o al número de página según los casos

 

  • Sólo se permite una nota a pie de página por folio (A4) que debe comenzar y terminar en el mismo.

 

  • En todos los casos se utilizará el tipo de letra Times New Roman en cuerpo 12, con separación de 1.5.

 

  • Debe incorporarse un repertorio legislativo de normas citadas, si las hubiere, citando el tipo de norma, el nombre de la norma, el año de aprobación y el país a que corresponde.

 

  • Debe concluirse con una Bibliografía que tiene que ser coincidente con y recoger las citas realizadas y los trabajos mencionados en las notas a pie de página La forma de cita en la “Bibliografía” será la siguiente:

 

Monografías

Apellido o apellidos, nombre o nombre, año, título, ciudad de edición, país de edición y editorial.

 

Artículo en una monografía o una revista

Apellido o apellidos, nombre o nombres, año, título del artículo, título de la monografía o de la revista, ciudad de edición, país de edición, editorial y páginas entre las que está comprendido el artículo con la expresión: páginas de la … a la…

 

Conferencias

Apellido o apellidos, nombre o nombres, día, mes y año, título de la conferencia, ciudad donde se celebró y país.

 

Documentos de Internet

Apellido o apellidos, nombre o nombres, año, título en formato digital: www… enlace general / enlace particular del documento y fecha de la visita de la página.

 

  • Los idiomas permitidos son todos los oficiales en los Estados de la Unión Europea, incluidos los que sólo son utilizados en una parte de los mismos y el Latín.  Según los casos podrá solicitarse una traducción al español y al inglés.

 

  • Cada una de las tablas y diagramas debe ir numerada consecutivamente en el texto en número romanos.

 

  • No se permiten siglas

 

  • Se efectuará una valoración o selección de los textos recibido. Al menos dos miembros del Consejo Editorial comprobarán la adecuación del manuscrito a la temática de la sección. Se excluirán aquellos trabajos que carezcan de esta estructura y del contenido habitual de los textos académicos y de investigación.

 

  • Las autoras y los autores son propietarios del Copyright. Asimismo, las autoras y los autores asumen toda la responsabilidad del contenido. También se pueden publicar artículos que ya hayan sido publicados o que vayan a ser publicados en otros lugares en tanto que la autora o el autor posea los derechos de publicación. Las autoras y los autores son libres de publicar sus textos posteriormente en otras fuentes.

 

  • El autor podrá proponer la publicación bajo seudónimo, que podrá ser aceptado o denegado. El Consejo Editorial quedará en libertad de hacer público el nombre y apellidos reales del autor, previo conocimiento de este y por causa justificada, si fuese necesario por causa alguna.

 

 


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