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El Supremo confirma la rebaja de condena a un violador de La Manada por la ‘ley del solo sí es sí’

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El Tribunal Supremo ha ratificado este jueves la reducción de la pena de prisión de 15 a 14 años para Ángel Boza, uno de los cinco condenados de La Manada, en aplicación de la ley del solo sí es sí. Esta decisión confirma la interpretación realizada previamente por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Navarra, que había acordado la rebaja de la condena.

Ángel Boza, junto a José Ángel Prenda Martínez, Alfonso Jesús Cabezuelo Entrena, Antonio Manuel Guerrero Escudero y Jesús Escudero Domínguez, fue condenado por la violación grupal de una joven durante los Sanfermines de 2016. Tras la entrada en vigor de la nueva ley, Boza solicitó la revisión de su pena, y el TSJ de Navarra decidió reducirla en un año. Esta decisión fue recurrida por la Fiscalía, la Comunidad Foral de Navarra, el Ayuntamiento de Pamplona y la víctima, pero el Supremo ha desestimado estos recursos.

El tribunal navarro argumentó que la pena de 15 años impuesta inicialmente por el Supremo era “próxima” al mínimo legal vigente en ese momento. Con la nueva ley, que rebaja dicho mínimo, el TSJ consideró que la pena debía ajustarse en consecuencia. El Supremo ha respaldado esta interpretación, señalando que el nuevo marco legal es más beneficioso para el condenado.

La agresión sexual múltiple a la joven de 18 años provocó una ola de protestas en toda España y llevó a un cambio significativo en la legislación sobre violencia sexual. Las primeras sentencias, que calificaron los hechos como abuso sexual continuado en lugar de violación, generaron una gran controversia y fueron el catalizador para la creación de la ley de Libertad Sexual.

La sentencia del Supremo, redactada por el magistrado Julián Sánchez Melgar, subraya la importancia de respetar el “criterio de dosimetría penológica”, es decir, la proporcionalidad de las penas. El tribunal ha analizado los arcos de penas establecidos en el momento de la sentencia original y ha concluido que la nueva ley es más favorable para el acusado, ya que reduce el umbral mínimo imponible.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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