La plataforma Sierra de Gata Viva se constituye oficialmente

En su manifiesto la Plataforma Sierra de Gata Viva “se declara apartidista, porque la parte afectada somos todos y todas sin excepción y agrupa a toda persona por encima de su ideología o afiliación política.” Y añade que “los políticos que secunden esta causa, respetarán esta máxima, evitarán ser cabeza visible en actos públicos y no acapararán atención mediática.”

La plataforma “manifiesta su descontento y total desacuerdo con los planes de prospección minera a cielo abierto en sierra de Gata, y emprenderá acciones  para paralizar cualquier intervención minera en nuestra Comarca, informándose de todo aquello que tenga que ver con el proyecto en cuestión y dando difusión a la información recabada.”

El manifiesto concluye planteando que “el objetivo último de la plataforma es paralizar cualquier proyecto minero extractivo que sea dañino con el medioambiente, que resulte contaminante, que afecte a los cauces, acuíferos y/o que provoque daños difícilmente reparables para flora, fauna u otras actividades afectadas; usando todos los medios legales posibles.”

La asamblea aprobó desarrollar una campaña para recabar apoyos al manifiesto por parte de personas, asociaciones e instituciones.

Gran parte de la asamblea se dedicó a diseñar una estrategia que permita optimizar la organización y coordinación del funcionamiento de los diferentes grupos de trabajo de la plataforma con el objetivo de ser más operativos.

A finales de octubre esta plataforma organizó, con la asesoría legal de Ecologistas en Acción Extremadura, la presentación de alegaciones “contra la resolución dictada en fecha 10 de Septiembre de 2018 y adoptada por el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Cáceres de la Dirección General de Ordenación Industrial, Energética y Minera de la Consejería de Economía e Infraestructuras de Extremadura, en el procedimiento administrativo relativo al expediente núm. 10C10305-00, sobre Reducción de superficie del Permiso de Investigación El Rodeo y, por la razones expuesta, se dicte resolución por la que se revoque y deje sin efecto la resolución de 8 de mayo de 2018, dictándose nueva resolución por la que, en base a la aprobación inicial del plan territorial, no se conceda ninguna cuadrícula minera de superficie.”

En estas alegaciones, presentadas por numerosas personas a título personal así como por el ayuntamiento de Villasbuenas de Gata y por el Grupo de desarrollo Local ADISGATA, se denunciaba que:

La resolución no fue publicada ni se ha podido tener acceso a su contenido ni a su expediente.

Se han incumplido las normas de evaluación ambiental.

Se han incumplido las normas de difusión de la documentación sometida a consulta.

Se han incumplido las normas relativas al alcance de información pública.

Se han incumplido las normas relativas la notificación personal a las personas interesadas.

No existe un Plan de restauración a posteriori de la investigación.

La resolución es incompatible con el desarrollo social sostenible y la economía local.

La resolución es contraria a lo establecido por el artículo 40 del Decreto 63/2017, de 16 de mayo, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial de la Sierra de Gata.

Por todo ello en dichas alegaciones se solicitaba que “con el fin de evitar perjuicios de imposible o difícil reparación que pudieran producirse para en interés público tutelado y en contra de los derechos en intereses legítimos de esta parte afectada en cuanto se sustancie el correspondiente procedimiento del presente recurso, se acuerde la SUSPENSIÓN de la EJECUCIÓN de la resolución impugnada.”