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Ley de Cooperación y Solidaridad Internacional de Extremadura

EXTREMADURAOPINIÓNPeriodismo humano
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Acaba de promulgarse la Ley 3/2023,de 29 de marzo, BOE, de 13 de abril , de Cooperación y Solidaridad Internacional  de Extremadura, en la que se expone la declaración contenida en el Preámbulo de la Constitución Española, recogiendo la voluntad de colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas de cooperación y solidaridad entre todos los pueblos de la tierra.

Se expresa en esta norma  la exigencia ética colectiva incluyendo  acciones de cooperación para el desarrollo  de todos los países a través de la contribución activa de Extremadura, así como  la coordinación internacional con la política del Estado y del resto de cooperantes y las actuaciones de la sociedad civil, incluyendo el voluntariado, como se determina en su Exposición de Motivos. Igualmente el Estatuto de Autonomía reconoció la planificación de  actuaciones para sensibilizar a los ciudadanos  de la necesidad de comunicación internacional.

La ley ha creado la Agencia Extremeña de Cooperación internacional para el desarrollo, AEXCID, como Agente importante de cooperación española para el desarrollo, recordado que el mundo sufre actualmente  graves crisis por las variaciones del clima y transformaciones de carácter social y económico planteándose problemas comunes con independencia del lugar en el que se produzcan y que los retos sean distintos.

Por todo ello era necesaria la renovación del marco normativo al tiempo que se manifestaba la conveniencia de  reforzar los instrumentos de participación para  dar respuestas estratégicas desde la cooperación de Extremadura, una tierra fértil y unos ciudadanos con inquietudes sociales de gran calado.

La Ley recién estrenada  tiene por objeto establecer en la Comunidad Autónoma el régimen jurídico aplicable  en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional conteniendo los principios de igualdad de todos los pueblos del planeta y reconocimiento del ser humano como sujeto de derechos y dignidad.

Respecto  a los modelos de desarrollo social, económico y político  se incluyen específicamente en este marco normativo, la no discriminación por razón de sexo, género, religión, edad, orientación sexual, de tal forma que nadie pueda quedar marginado, estableciéndose un Plan  General de Extremadura de carácter quinquenal para la aplicación de los principios señalados que tienen por objeto conseguir  el normal y pacífico desarrollo de todos los pueblos.

 

 LA AUTORA ES ACADÉMICA CORRESPONDIENTE DE LA REAL ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN


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