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Ya se pueden presentar las solicitudes para la admisión del alumnado de Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato

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Según el calendario del procedimiento general de admisión del alumnado, la presentación de solicitudes deberá realizarse, preferentemente, en el centro educativo elegido en primera opción, del 17 al 27 de abril de 2018. También podrán entregarse en las oficinas de escolarización o a través de la Plataforma Rayuela, en http://rayuela.educarex.es.

Las listas definitivas de admitidos y no admitidos se publicarán en los centros educativos y en las oficinas de escolarización el 20 de junio del mismo año, según ha informado la Junta en nota de prensa

En cuanto al procedimiento específico de admisión del alumnado de 6º de Primaria que soliciten centro educativo para cursar 1º de ESO, el plazo de entrega de solicitudes será del 1 al 9 de febrero próximo.

Las solicitudes deberán entregarse en el centro de Primaria desde el que se solicita la plaza. Las listas definitivas de admitidos y no admitidos serán publicadas el 16 de abril de 2018.

El alumnado con reserva de plaza que quiera solicitar otro centro diferente de Educación Secundaria, podrá hacerlo presentando una nueva solicitud en el plazo del 17 al 27 de abril establecido en el procedimiento general.

PERIODO DE MATRICULACIONES
En cuanto a las matriculaciones, del 1 al 15 de julio de 2018 es el plazo para Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato, mientras que del 1 al 7 de septiembre podrá matricularse el alumnado de Bachillerato y ESO con asignaturas pendientes en la convocatoria de junio.

También será éste el plazo para el alumnado a quien se le haya adjudicado plaza por las comisiones de escolarización, con posterioridad al 15 de julio, siempre que no pudieran formalizar su matrícula con anterioridad.

Antes del comienzo del plazo de presentación de solicitudes, las delegaciones provinciales de Educación establecerán, mediante resolución, el número de plazas vacantes de cada centro educativo para el curso escolar 2018/2019, especificando las reservadas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo por incorporación tardía al sistema educativo o que presente desigualdades derivadas de factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos o de otra índole y las reservadas para el alumnado con necesidades educativas especiales.

Junto a las solicitudes deberá adjuntarse la documentación que sea necesaria para acreditar los criterios de prioridad, documentación que deberá responder a las circunstancias reales del solicitante y mantener su validez y eficacia en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En cuanto a los criterios de baremación, se valorará la existencia de hermanos o hermanas en el centro, o que la madre, padre o tutor legal trabajen en el mismo.

Igualmente, a efectos de la valoración de la proximidad del domicilio, se considerará como tal el domicilio familiar o, en su caso, el domicilio del lugar de trabajo de los progenitores o tutores legales, debiendo optar en la solicitud por uno de ellos.

Los datos del domicilio familiar se obtendrán de oficio por la Consejería de Educación y Empleo, siempre y cuando la persona interesada otorgue su consentimiento para la consulta de este dato. Si no otorga dicho consentimiento, deberá presentar un certificado de empadronamiento familiar expedido por el ayuntamiento correspondiente o un certificado de residencia en el que figure el domicilio familiar.

Además, se valorará el criterio de renta anual de la unidad familiar, teniendo en cuenta el IRPF y el IPREM; el grado de discapacidad del alumno o alumna que sea igual o superior al 33 por ciento; así como la pertenencia a una familia numerosa, entre otras valoraciones.

Por último, los interesados podrán hacer un seguimiento del estado de la admisión del alumnado a través de la Secretaría Virtual de la plataforma Rayuela, a la que podrán acceder mediante la credencial de acceso que les será entregada por el centro en el que entreguen las solicitudes.


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