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En stand bye el euro por receta en Cataluña

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Según el artículo 161 de la Constitución, el Gobierno puede impugnar ante el TC decisiones de comunidades autónomas, lo que se traduce en su supensión durante 5 meses, transcurridos los cuales el tribunal de garantías debe resolver si prorroga la medida cautelar mientras sigue estudiando el fondo o bien la levanta.

    El Ejecutivo de Mariano Rajoy entiende en su recurso que la medida implantada en Cataluña afecta a un supuesto regulado por una ley estatal y alega que las comunidades no pueden incidir directa o indirectamente en la fijación de precios de productos farmacéuticos, según establece el artículo 149.1.16ª de la Constitución.

   Fue el pasado diciembre cuando la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, informó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de la intención del Gobierno al entender que la tasa catalana «perjudica» a la igualdad de los españoles al «gravar dos veces» la adquisición de medicamentos.

   La vicepresidenta añadió que el Gobierno solicitaría al tribunal de garantías la suspensión del euro por receta en Cataluña para «evitar que los ciudadanos sigan pagando» un sobreprecio que «afecta a polimedicados o personas con más necesidades sanitarias».

   El Ejecutivo central atendió entonces el dictamen emitido por el Consejo de Estado en el que se consideraba que la medida implantada por la Generalitat podía ser «inconstitucional». Se encuentra en vigor desde junio del pasado año.

   En un «ejercicio de coherencia», la vicepresidenta anunció el pasado viernes que el Consejo de Ministros había acordado recurrir también ante el Constitucional el euro por receta de la Comunidad de Madrid al entender que vulnera el «principio de igualdad» de los ciudadanos y se «grava un acto médico».


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